REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL

ACTA DE PRESENTACIÓN FÍSICA DEL APREHENDIDO

En San Cristóbal, Estado Táchira, Primero (01) días del mes de Agosto de 2005, siendo las Cuatro horas (04:00 p.m.) de la tarde, fue trasladado desde la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira, al Despacho de los Jueces de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, el ciudadano JEAN CARLOS ESCALANTE ROMERO, quien dijo ser de nacionalidad Venezolana, natural de Santa ana, Estado Táchira, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 13.792.204, nacido el día 17-03-1977, de 28 años de edad, Soltero, profesión u oficio Vigilante, residenciado en Barrio 23 de enero, parte alta, calle 11, carrera 9, casa Nº 9-12, san Cristóbal, Estado Táchira, hijo de Irma romero de Escalante (V) y Luis Alberto Escalante (V); por parte del ciudadano Fiscal (A) Séptimo en colaboración con la Fiscalia Décimo Octava del Ministerio Público, Abogado YEANCARLOS VINCI, con el fin de PRESENTAR FÍSICAMENTE AL APREHENDIDO ANTE EL JUEZ DE CONTROL DENTRO DEL PLAZO DE LEY Y SOLICITARLE EN LA AUDIENCIA ORAL EL PROCEDIMIENTO POR EL CUAL OPTARA. Seguidamente, se da inicio a la presente audiencia de presentación, y se le concede el uso de la palabra al Representante del Ministerio Público para que deje las constancias a que haya lugar con el desarrollo de la audiencia de presentación y expuso: “Presento al ciudadano JEAN CARLOS ESCALANTE ROMERO, dentro del lapso de las cuarenta y ocho horas, desde su detención, quien fue detenido el día Sábado 30 de Julio de 2005, aproximadamente a las Cuatro y Diez minutos de la tarde (04:10 p.m.), por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo 17 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia y solicito se fije el día y hora para celebrar la audiencia de Calificación de Flagrancia, y el Procedimiento a seguir, es todo”. Acto seguido, la suscrita Juez, procedió a dejar constancia: PRIMERO: Que desde el momento de la recepción de las actas del detenido ya nombrado, han transcurrido CUARENTA Y SEIS HORAS Y TREINTA MINUTOS (46:30 hrs), hasta el instante de su presentación física por ante este Tribunal según consta en el sello Humedo de la Oficina de Alguacilazgo. SEGUNDO: En cumplimiento del artículo 44 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela se deja constancia que el ciudadano JEAN CARLOS ESCALANTE ROMERO, se encuentra en buenas condiciones físicas y psicológicamente en buen estado de salud, pues dice no haber recibido mal trato de los funcionarios aprehensores. TERCERO: Se le notifica al aprehendido ya nombrado el derecho que tiene de nombrar defensor a fin de que en aplicación del artículo 49 ordinal 3º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, ejerza su derecho constitucional de “SER OÍDO”, se le interrogó al imputado si tenía defensor privado que lo asistiere en este acto, a lo que contestó que “no”, que se le nombrara un defensor Publico, a tal efecto el tribunal procede a nombrarle uno, recayendo el nombramiento en la Defensora Publica Temporal Nº 2 Abg. Isley Morales, quien estando presente acepto dicho cargo u juro cumplir con las obligaciones inherentes al mismo. CUARTO: Se fija la audiencia oral de Calificación de flagrancia para el DÍA MARTES 02 DE AGOSTO, A LAS NUEVE Y TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA (09:30 a.m.), a fin de que en dicha audiencia se legalice la Privación de Libertad de que fue objeto el imputado, previa Calificación de la flagrancia y decidir sobre la Medida de Coerción Personal a imponer y sobre si se autoriza el Procedimiento Abreviado o se opta por el Procedimiento Ordinario. A lo cual Manténganse a la aprehendida en la sede de la Comandancia de la Dirección de Seguridad y Orden Público del Estado Táchira, Finalmente se cierra la audiencia. No siendo otro el objeto de la misma, se firman por quienes en ella intervinieron. Líbrese el traslado respectivo para el día 02 de agosto a las 09:30 AM, es todo. Termino, se leyó y conforme firman.