REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 9 de Agosto de 2005
195º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-001164
ASUNTO : SP11-P-2005-001164
Vista la solicitud de Sobreseimiento formulada en la presente causa por la Abogada MARIA TERESA OCHOA HERNANDEZ, en su carácter de Fiscal Vigésimo Quinto del Ministerio Público, con base a las atribuciones que le confiere al artículo 34 ordinal 10 de la ley Orgánica del Ministerio Público, en concordancia con el artículo 108 ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal para decidir observa:
En fecha 20-02-2004, se recibió denuncia ante el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, Sub Delegación San Antonio del Táchira, a la ciudadana DIANA CAROLINA SIERRA CASTELLANOS quien manifestó: “…mi esposo me dijo que el iba a…irse a…comprar un vehículo…las primeras semanas me llamaba seguido…me decía que estaba bien…que estaba buscando el carro…el día viernes fue la última llamada…recibí una llamada de JORGE LEAL…me indicó un número…de CARLOS PADILLA…me dijo que la novia de DENNIS…le había dicho que mi esposo…se lo habían llevado varios sujetos armados…que en Puerto Cabello había aparecido el cuerpo de mi esposo…era pura mentira…llamé a PADILLA me dijo que se había equivocado…”
Posteriormente se recibió declaración del ciudadano GERSON ARLEY CARRILLO RINCON, quien expuso: “…una semana antes de que mi esposa colocara la denuncia…llegó mi amigo DENIS RIVERA a mi residencia…decidimos viajar a Caracas…a mi esposa una persona desconocida la llamó indicándole que me habían matado…llamé a mi esposa y le dije que quitara la denuncia…”
Ahora bien, quien aquí decide, observa que en la presente causa no ocurrió un hecho que se pueda encuadrar dentro de un tipo penal y tiene carácter de no punibilidad, en consecuencia este Tribunal decreta el Sobreseimiento de la presente causa conforme al artículo 318 ordinal 2 del Código Orgánico Procesal Penal. Y así se decide.
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EXTENSIÓN SAN ANTONIO DEL TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LEY, DECRETA:
UNICO: EL SOBRESEIMIENTO, en la presente causa, seguida a personas desconocidas, en perjuicio del ciudadano GERSON ARLEY CARRILLO RINCON, de conformidad con el artículo 318 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal. Remítanse las actuaciones al Archivo Judicial, una vez quede firme la misma. Notifíquese a las partes.-
Abg. IRIS COROMOTO CONTRERAS DE AGUILAR
JUEZ DE CONTROL N° 2
ABG. MARIA TERESA RAMPALY RANGEL
SECRETARIA