JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, dos (2) de agosto de 2005.
195º y 146º
Este Tribunal por cuanto por auto de fecha veintiuno (21) de abril de 2004 decreto la Pensión de la Instancia y por lo tanto la extinción del proceso y firme como ha quedado dicha decisión, se ordeno la remisión del presente expediente a la División de Archivo Regional por encontrarse terminado, ello trae como que en el proceso incoado por la Proveeduría Bienestar C.A., contra Producciones Swift C.A., por Resolución de Contrato, este Tribunal suspenda la medida innominada decretada el diecinueve (19) de octubre de 1995. Así se decide.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ,

LA SECRETARIA,

LEIDIS ROJAS.

Exp.Nº 2195-95