REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, cinco (05) de Diciembre de dos mil cinco (2005).
195° y 146°

ASUNTO: WP11-S-2005-000159

Vista la solicitud de homologación formulada por el Ciudadano WILFREDO LÓPEZ LIENDO, en su carácter PRESIDENTE de la empresa SOLUCIONES INTEGRALES AUTOMATIZADAS S.I.A., S.A., asistido por el Profesional del Derecho JESÚS CASTELLANOS, por una parte; y por la otra, la Ciudadana BÁRBARA DOMÍNGUEZ, asistida por la Profesional del Derecho MARY ANN PACHECO, en virtud de la transacción laboral presentada en fecha veintinueve (29) de noviembre del presente año, ante este Circuito Judicial del Trabajo, y visto que la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo declara terminado el proceso e igualmente ordena el cierre y el archivo del expediente.
LA JUEZ


Dra. IMPERIO SALAZAR
LA SECRETARIA


Abg. JENIFFER VICUÑA
IS/JV/Angel*