REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSRIPCION JUDCIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 1º de Diciembre de 2005.
195° y 146°

Visto el escrito de aclaratoria presentado en fecha 23/11/05, por la parte actora, ciudadano: MARIO DI SALVATORE COLETTI, italiano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la Cédula de Identidad Nº E-340.625, este Tribunal, por cuanto se cumplió con lo ordenado en el auto dictado en fecha 04/11/05, ordena la prosecución del presente proceso, conforme lo establece el Artículo 210 y siguientes de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, y a tal efecto, por cuanto han sido consignados los fotostatos requeridos en el auto de admisión de fecha 13/10/05, se ordena librar las compulsas respectivas, a los fines de practicar la citación de la parte demandada. Líbrense Compulsas.
LA JUEZ,



Dra. ANA TERESA AYALA.
LA SECRETARIA,



YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se libraron las compulsas respectivas.
LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES.

ATA/YP/wendy.
Exp. N° 5567.