REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD Nº 2


San Cristóbal, miércoles 08 de Diciembre de 2004
194º y 145º


Vista la constancia remitido por la Unidad Técnica 3 de apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Táchira de fecha 11 de noviembre de 2004, en el cual se manifiesta que el penado JOSE VALMORE RIVERA MARTINEZ finalizó su régimen de prueba de manera favorable cumpliendo a cabalidad con sus presentaciones, y permaneció estable en la áreas laboral, familiar y personal; régimen de prueba correspondiente a la fórmula alternativa de cumplimiento de pena de LIBERTAD CONDICIONAL que se le concedió por decisión de fecha 13 de Junio de 2002, este Tribunal considera que, en virtud de haber cumplido a cabalidad el régimen de prueba con ocasión de la fórmula alternativa de cumplimiento de pena que este tribunal le concedió, el penado ha cumplido efectivamente la pena principal de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, por el delito de Ocultamiento y Transporte de estupefacientes, que se le impuso por sentencia condenatoria firme dictada en fecha 11 de Enero de 1999 por el hoy extinto Juzgado Cuarto de Primera Instancia en la Penal y de Salvaguarda del Patrimonio Público.

En consecuencia se procede a declarar el cumplimiento total de la pena principal de prisión impuesta, y se fija el cumplimiento de la pena accesoria de sujeción a la vigilancia de la autoridad, con presentaciones una (01) vez cada mes ante la Prefectura del Municipio Junín, Estado Táchira, hasta el día 03 de mayo de 2006. Deberá dar cuenta a esa autoridad de sus salidas y entradas al municipio, todo según lo ordenado por los artículos 16 ordinal 3º y 22, del Código Penal. Así se decide.

Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECIDE:

PRIMERO: DECLARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA PRINCIPAL de SIETE (07) AÑOS Y SEIS (6) MESES DE PRISIÓN impuesta al ciudadano RIVERA MARTINEZ JOSE VALMORE, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-5.740.262, nacido en fecha 11-01-1.955, residenciado en la avenida 5ta con calle 18, Nº 41, Barrio la Victoria, Municipio Junín, Estado Táchira, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO Y TRANSPORTE DE ESTUPEFACIENTES.
SEGUNDO: SE FIJA EL CUMPLIMIENTO DE LA PENA ACCESORIA de sujeción a la vigilancia de la autoridad, con presentaciones ante la Prefectura del Municipio Junín, Estado Táchira, UNA VEZ AL MES, hasta el día 03 de mayo de 2006, debiendo dar cuenta ante esa autoridad de las salidas y llegadas al municipio.

Cítese al penado a los fines de imponerlo personalmente de la presente decisión y líbrense las respectivas notificaciones y oficios.

Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.





Abg. Vilma Chaparro de Nava
Juez de Ejecución Nº 02






Abg. Carolina Velasco Gómez
Secretaria
VCHDN/ccvg
Exp: 2E-1125-00