REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Maiquetía, 09 de Diciembre de 2005
195° y 146°

Vista la diligencia que antecede suscrita por la abogada ADA LEON, en sus carácter de Apoderada de la parte actora; y por cuanto el Tribunal observa que en el caso de autos se ordeno en fecha 05 de Octubre de 2.005, por auto inserto al folio 154 del presente expediente, la citación por carteles de la parte demandada, en el cual se concedió un plazo preclusivo de treinta (30) días el cual venció el día 05-11-05, en virtud de lo cual, éste Tribunal acuerda de conformidad, en consecuencia, cítese mediante carteles conforme a lo dispuesto en el Artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, a la parte demandada la ciudadana REBECA ALABARRACIN MARQUEZ, para que comparezca por ante éste Tribunal en un lapso de quince (15) días de Despacho, contados a partir de la constancia en autos del cumplimiento de todas las formalidades, dentro de las horas de Despacho comprendidas desde las 8:30 am., hasta las 2:30 pm., a los fines de que se dé por citado en el presente juicio, con la advertencia que de no comparecer se le nombrará un Defensor Ad-litem, con quien se entenderá la citación y demás trámites del proceso. Líbrese cartel con las inserciones pertinentes, y publíquese en los Diarios Ultimas Noticias y la Verdad, con el intervalo legal. Se concede un lapso de treinta (30) días de Despacho para el cumplimiento de las formalidades de publicación y consignación del cartel, vencido el cual de no cumplirse, el cartel librado quedará sin efecto. Cúmplase.-
LA JUEZ,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ

LA SECRETARIA,

DRA. LIRIO PADILLA F.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,