REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, trece (13) de Diciembre del dos mil cinco (2005)
195° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000419
PARTE ACTORA: OSCAR HURTADO GIL, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad Nº V-9.956.266.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA, ARMANDO ZAPATA y MARY ANN PACHECO, Abogados al servicio de la Procuraduría de Trabajadores en el Estado Vargas e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 81.221, 106.629 y 75.209, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “LAR TOURS TURISMO, C. A.”
PRESIDENTE LA EMPRESA DEMANDADA: LUIS ANDRÉS RIOS GIL, Venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.944.872.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: MIRIAM CECILIA TUA PADILLA y ORLANDO LUGO, Abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO los números: 10.167 y 29.443, respectivamente.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.
En el día hábil de hoy, martes trece (13) de Diciembre de dos mil cinco (2005), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para la continuación de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que comparecieron los Ciudadanos: OSCAR HURTADO GIL, CRISBEL QUIJADA y MIRIAM CECILIA TUA PADILLA, ya identificados. Celebrada La Audiencia, las partes han conciliado y en tal sentido, la parte demandada cancelará los conceptos y montos derivados de la relación laboral que les unió, según se relacionan:
NOMBRE: OSCAR HURTADO
FECHA DE INGRESO: 01/07/2002
FECHA DE EGRESO: 25/08/2004
SALARIO INTEGRAL: Bs. 11,858,72
MOTIVO: DESPIDO INJUSTIFICADO
CONCEPTOS BOLIVARES
PRESTACION DE DE ANTIGÜEDAD ART. 108 LOT 1.268.883,04
INDEMNIZACION DE ANTIGÜEDAD ART. 125 LOT 685.714,20
INDEMNIZACION SUSTITUTIVA DEL PREAVISO ART. 125 LOT 685.714,20
BONO VACACIONAL 2002-2003 171.428,55
VACACIONES 2002-2003 79.999,99
BONO VACACIONAL 2003-2004 171.428,55
VACACIONES 2003-2004 31.428,45
UTILIDADES 2002-2003 35.714,27
UTILIDADES 2003-2004 171.428,55
SALARIOS DEJADOS DE PERCIBIR 1.698.260,20
TOTAL A PAGAR 5.000.000,00
Dicha cantidad, será cancelada a favor deL demandante, de la siguiente forma: BOLIVARES DOS MILLONES QUINIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs.2.500.000,00) el día 20/12/2005 y BOLIVARES DOS MILLONES QUINIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs.2.500.000,00) el día 20/01/2006, por ante este Circuito Judicial del Trabajo y durante horas de despacho. Asimismo la parte demandante manifiesta estar satisfecha con el presente acuerdo y reconoce y acepta los salarios utilizados para calcular cada concepto; y, otorga total, amplio y definitivo finiquito a las partes demandadas; además declara no tener más que reclamar por algún otro monto o concepto derivado de la relación laboral que lo unió con LA EMPRESAS DEMANDANDA. Finalmente, ambas partes solicitaros a la juez se sirva homologar el presente acuerdo de conformidad con el parágrafo único del artículo 3 de la ley orgánica del Trabajo, para que adquiera efectos de COSA JUZGADA. En este estado, este Tribunal Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Vargas, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar, les han sido devueltas.
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:
OSCAR HURTADO GIL,
CRISBEL QUIJADA
MIRIAM CECILIA TUA PADILLA,
LA SECRETARIA,
ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
EXP Nº WP11-L-2005-000419
|