REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EN LO CIVIL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veinticinco (25) de enero del año dos mil cinco (2005).-

194 y 145

Vistas las declaraciones rendidas por las ciudadanas DOUGLAS JOSE RAMOS RODRIGUEZ y MARCO ANTONIO GONZALEZ AGUILAR, presentados por la ciudadana: FELICIA MARGARITA GOMEZ, en las cuales manifestaron que los ciudadanos FELICIA MARGARITA GOMEZ, GRISELDA COROMOTO IRAOLA GOMEZ, JOEL GABRIEL IRAOLA GOMEZ y JONNY ANTONIO IRAOLA GOMEZ, son los UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de JOSE RAMON IRAOLA ARCILA, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante.-

A los efectos que curse la presente solicitud en el archivo del Tribunal, expídase copia debidamente certificada de la misma autorizándose para la elaboración de los fotostatos a la ciudadana: ARELIS FALCÓN, asistente adscrita a este Juzgado, quien conjuntamente con el Secretario suscribirá las copias ordenadas librar con inclusión del presente auto que las acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a la solicitante. Cúmplase.-
LA JUEZ,

DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM

EL SECRETARIO

LENNYS PINTO IZAGUIRRE
LA PERSONA AUTORIZADA

ARELIS FALCON
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 040/2005.-

EL SECRETARIO

LENNYS PINTO IZAGUIRRE