REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 18 de Enero de 2005.
194° y 145°
Vista la diligencia presentada en fecha 11/01/05, por el Dr. FRANCISCO J. SOSA FONTAN, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2160, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, el Tribunal antes de pronunciarse sobre la misma, ordena realizar un cómputo de los días de Despacho transcurridos desde el día 18/11/04 exclusive, día en que fue consignado a los autos el Cartel de Notificación debidamente publicado por la prensa, hasta el día de hoy inclusive. Cúmplase.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.
YASMILA PAREDES, Secretaria Titular del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, quien suscribe CERTIFICA: Que ha tenido a la vista el Calendario Judicial llevado en éste Tribunal, correspondiente al año 2004 y 2005, y que desde el día 18/11/04 exclusive, hasta el día 18/01/05 inclusive, han transcurrido en éste Tribunal VEINTITRES (23) DÍAS DE DESPACHO, es decir: 19, 22, 23, 24, 25, 29 y 30 de Noviembre de 2004; 1, 2, 6, 7, 9, 13, 14, 15, 16, 20 y 21 de Diciembre de 2004; 10, 11, 14, 17 y 18 de Enero de 2005. Certificación que se expide en Maiquetía, a los dieciocho (18) días del mes de Enero de dos mil cinco (2005).
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 5160.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 18 de Enero de 2005.
194° y 145°
Vista la diligencia presentada en fecha 11/01/05, por el Dr. FRANCISCO J. SOSA FONTAN, Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 2160, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora; visto asimismo el cómputo que antecede, del cual se evidencia que se encuentra vencido el lapso fijado para que la parte demandada se diera por notificado del fallo dictado en fecha 16/09/04, y ejerciera los recursos que le consagra la Ley, sin que lo haya hecho, este Tribunal acuerda conforme a lo solicitado. En consecuencia, se decreta la Ejecución de la Sentencia dictada por éste Tribunal en fecha 16/09/04. En consecuencia, se fija un lapso de diez (10) días de Despacho, contados a partir de la presente fecha, para que la parte perdidosa, ciudadano: TEÓFILO PÉREZ, dé cumplimiento Voluntario, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 5160.