REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 20 de Enero de 2005.
194° y 145°
Vista la diligencia cursante al folio 43, presentada en fecha 10/01/05, por el Dr. ROLANDO E. ESPINOZA NAVARRETE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.449, mediante la cual solicita se fije una oportunidad para que los Peritos se reúnan, concurran al Tribunal y fijen el valor del inmueble objeto del remate, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 558 del Código de Procedimiento Civil, y por cuanto de la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa, se evidencia que el mencionado ciudadano no ha cumplido con lo ordenado en el auto definitivamente firme dictado en fecha 16/12/04, cursante a los folios 39 y 40 del Expediente, el Tribunal NIEGA dicho pedimento. Y ASÍ SE DECIDE.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 1317.