REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

En horas de despacho del día de hoy, 26 de Enero de 2005, siendo las 11:00 a.m., oportunidad fijada por el Tribunal para que tenga lugar el acto conciliatorio, se anunció dicho acto a las puertas del Tribunal por el Alguacil del mismo y comparecieron los ciudadanos YMELDO SALVADOR GARCIA PERDOMO y PEDRO JOSE CARVAJAL LINARES, de nacionalidad Española el primero y venezolano el segundo, ambos mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nos E- 81.056.072 y V- 7.996.314, en su carácter de parte actora y demandada, respectivamente. Asimismo se encuentran presentes los abogados CARLOS MARTINI Y MAIRIM ARVELO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos 49.428 y 39.623, quienes actúan como apoderados de la parte actora y demandada, respectivamente. Acto seguido el Tribunal deja constancia que excitó a las partes a la conciliación y el demandado a los fines procurar la misma expresa al actor que el día lunes acudirá a este juzgado a presentar una propuesta de pago al actor, por lo que solicitan se fije nuevo acto conciliatorio para el día lunes 31 de los corrientes. El Tribunal con vista a la anterior exposición acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia fija las 11:00 a.m., del día lunes 31 de Enero de 2005, para que tenga lugar el acto conciliatorio entre las partes. Es Todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

Dra. MERCEDES SOLORZANO


LA PARTE ACTORA y SU APODERADO JUDICIAL,


LA PARTE DEMANDADA y SU APODERADA JUDICIAL,


LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES

MS/yasmila
5578