REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
GADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SAN CRISTOBAL, TREINTA Y UNO DE ENERO DEL DOS MIL CINCO.
194º Y 145º
Vista la diligencia de fecha 19 de Enero del 2005, en la que el ciudadano JOSÉ GILBERTO DUQUE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.357.226, domiciliado en Coloncito y hábil, parte demandante en la presente causa, asistido por el abogado OMAR ANTONIO MONSALVE CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº V-7.094.923, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 31.070 de igual domicilio y hábil y el ciudadano LUIS ANDRES PERNIA ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-2.806.531, de igual domicilio y hábil, parte demandada, debidamente asistido por el abogado LUIS FERNANDO ROJAS PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-13.940.496, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 83.125, de igual domicilio y hábil, en la que el demandante JOSÉ GILBERTO DUQUE, Desiste del Procedimiento y de la Acción, debidamente aceptada por la parte demandada PERNIA ZAMBRANO LUIS ANDRES. Y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Tribunal le imparte la Homologación de Ley, se acuerda proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada. Asimismo se levanta la medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada por este Juzgado en auto de fecha 07 de diciembre de 1999, notifíquese lo conducente al Registrador Subalterno Jurisdiccional del Municipio Panamericano, hecho lo cual archívese el Expediente.
REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
JUEZ
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA
En la misma fecha se libro oficio sobre el levantamiento de la medida del Registrador Subalterno Jurisdiccional del Municipio Panamericano bajo el Nº 0860-108
IRALI J. URRIBARRI D.
SECRETARIA
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