REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, miércoles doce de enero de dos mil cinco, siendo las 2:00 de la tarde se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUASIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el ciudadano GERMÁN DUARTE, titular de la C.I. N° V-3.429.281 quien actúa con el carácter de Presidente del Comité Ejecutivo del Sindicato Único de Trabajadores del Transporte Automotor y sus Similares del Estado Táchira (S.U.T.T.A.T), asistido por la abogada en ejercicio MARIELA PASCUAS GÓMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 98.607, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de la Alcaldía del Municipio Cárdenas, ubicada en la calle 3 esquina de la carrera 4, Táriba, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SUPERIOR CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGIÓN DE LOS ANDES, la cual consiste en la práctica de la MEDIDA CAUTELAR decretada en el RECURSO DE NULIDAD interpuesto por el Presidente de la UNIÓN DE CONDUCTORES DE AUTOS Y MICROBUSES DE ALQUILER POR PUESTO LÍNEA SAN JOSÉ A.C., Gerente de la ASOCIACIÓN CIVIL AUTOS POR PUESTO LINEA SANTA TERESA LAS LOMAS y otros contra la ALCALDESA DEL MUNICIPIO CÁRDENAS DEL ESTADO TÁCHIRA, en el expediente Nº 5404-2004 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario policial Oscar Riaño, placa 2021. Se encuentra presente la abogada MARIA ALEJANDRA QUINTERO CONTRERAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 68.092 en su carácter de Consultora Jurídica de esta Alcaldía, el Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado comitente, la cual consiste en la práctica de la Medida Cautelar dictada por el Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región de Los Andes, en fecha 13 de diciembre de 2004, la cual ordena SUSPENDER LOS EFECTOS DEL DECRETO en virtud del cual se deroga el Aumento de la Tarifa para el Servicio de Transporte Público Urbano año 2004, decretado en fecha 08 de octubre de 2004, hasta tanto hay un pronunciamiento judicial; el Tribunal le hace entrega a la Notificada las copias certificadas del auto de fecha 13 de diciembre de 2004 remitidas por el Tribunal de la Causa, quien las recibe conforme. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 3:00 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.
EL JUEZ TEMPORAL,

ABG. JUAN RAMÓN URBINA MÉNDEZ.
LA PARTE ACTORA,

GERMÁN DUARTE
LA ABOGADA ASISTENTE,

MARIELA PASCUAS GÓMEZ
LA NOTIFICADA,

ABG. MARIA A. QUINTERO C.

EL FUNCIONARIO POLICIAL,

OSCAR RIAÑO

LA SECRETARIA,

HAYDEE SOCORRO MORENO.