REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, lunes veinticuatro de enero de dos mil cinco, siendo las 9:30 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con el ciudadano NELSON OMAR GUIRIGAY SÁNCHEZ, titular de la cédula de identidad N° V- 9.220.509, asistido por la Procuradora del Trabajo Abogada FANNY LIMA GAMEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 73.645, parte demandante, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 2-81, Avenida Occidental, Barrio Las Delicias, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES se sigue contra la empresa DISTRIBUIDORA SARELY´S, C.A, en la persona de su presidente PEDRO IGNACIO GÓMEZ, en el expediente Nº 2410 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario OSCAR RIAÑO, placa 2021. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal se abstenga de la practica de la medida de Embargo Ejecutivo el día de hoy, en virtud de que no es posible ubicar bienes muebles propiedad de la parte demandada, reservándome el derecho de solicitar se fije nueva oportunidad, es todo”. El Tribunal visto el pedimento realizado por la parte actora acuerda en conformidad lo solicitado, y ordena mantener la presente comisión en este Despacho. Es todo. No siendo mas concluye el acto a las 10:20 a.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ TEMPORAL,


ABG. JUAN RAMON URBINA MÉNDEZ.
LA PARTE DEMANDANTE,


NELSON OMAR GUIRIGAY SÁNCHEZ
LA PROCURADORA DEL TRABAJO,


ABG. FANNY LIMA GÁMEZ


EL FUNCIONARIO POLICIAL,


OSCAR RIAÑO


LA SECRETARIA ACCIDENTAL,


BERTHA AURORA CHACÓN SUESCUN.