REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE JUICIO

San Cristóbal, 13 de enero de 2005
194º y 145º

Visto el escrito presentado por la abogada ROSALBA GRANADOS DE OLIVEROS, defensora pública sexta penal, actuando en su condición de defensora del imputado JOSÉ ALBERTO RAMÍREZ RAMÍREZ, plenamente identificado mediante el cual solicita le sean extendidas las presentaciones a su defendido a una vez cada treinta (30) días, este Tribunal, atendiendo a lo solicitado, observa en autos que el imputado de marras ha cumplido con las condiciones impuestas por el Tribunal y con sus presentaciones, tal como se evidencia, del oficio Nº 2303 de fecha 07 de diciembre de 2004, suscrito por la Alguacil Jefe T.S.U. Rosa Andreina Pineda Cárdenas. En consecuencia, este Juzgado estima procedente lo peticionado, y por lo tanto, acuerda extender el régimen de las presentaciones impuestas por la Juez Quinta de Control en fecha veinticinco (25) de marzo de 2004, a una vez cada treinta (30) días, pero manteniéndose la obligación de cumplir con tales presentaciones ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, así como las restantes condiciones con todos sus efectos, y así se decide.

Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de juicio, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, decide: UNICO: DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud interpuesta por la abogada ROSALBA GRANADOS DE OLIVEROS, defensora del imputado JOSÉ ALBERTO RAMÍREZ RAMÍREZ, y en consecuencia EXTIENDE las presentaciones impuestas por la Juez Quinta de Control en fecha veinticinco (25) de marzo de 2004, a una vez cada treinta (30) días, manteniéndose la obligación de cumplir con tales presentaciones ante la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal.

Publíquese, notifíquese y regístrese. Déjese copia para el archivo del Tribunal. Cúmplase.




Abg. FRANCISCO ELÍAS CODECIDO MORA
JUEZ DE JUICIO Nº DOS




Abg. ANGÉLICA JOVES CONTRERAS
SECRETARIA


FECM.
CAUSA PENAL Nº: 2JU-934-04