REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 14 de Enero de 2005
194° Y 145°

Visto el libelo de demanda que antecede, así como la diligencia suscrita por el abogado BLADIMIR ALEXANDER ARCILA VELÁSQUEZ apoderado judicial de la parte actora, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, este Tribunal la admite, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 del Decreto con Fuerza de Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, en concordancia con el artículo 859 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se emplaza a la parte demandada, ciudadano JOAO PINTO CORREIRA, titular de la cédula de identidad Nro. 80.897.749, para que comparezca por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de Despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda incoada en su contra. Compúlsese el libelo de demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguese al Alguacil para que practique la citación. En cuanto a la medida de secuestro solicitada, este Tribunal proveerá lo conducente por auto y cuaderno separado. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR,

LIZBETH ALVARADO FRIAS
LA SECRETARIA,
Abg. HAIDEE DE MEDINA
En esta misma fecha se libró la orden de comparecencia a la parte demandada y se insta a la parte actora a consignar copia fotostática del libelo de demanda y auto de admisión, a los fines de la elaboración de la compulsa.
LA SECRETARIA,