REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Maiquetía, 20 de Enero de 2005
194° y 145°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: 11.469
PARTE ACTORA: PALMENIA COROMOTO HERRERA MARTINEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V. 4.270.455.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: Dr: ABRAHAM EDUARDO TESORERO inscrito en el Inpreabogado bajo el número Nro. 35.814.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO REGIONAL DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE Y RECREACIÓN DEL ESTADO VARGAS.
POR LA PARTE DEMANDADA: AMALIA CHAMI HOMSI, inscrita en el Inpreabogado bajo el número Nro. 58.201, en representación del Instituto Regional de Educación Física, Deporte y Recreación del Estado Vargas y ANA MARIA MELIAN GONZALEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 71.913, en representación de la Procuraduría del Estado Vargas.
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO.

En el día hábil de hoy veinte (20) de Enero del año dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00) a.m. (de la mañana), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron a la misma los Apoderados Judiciales de ambas partes, nombrados al inicio del acta y la ciudadana Palmenia Coromoto Herrera Martínez, en su carácter de parte actora.
Celebrada la Audiencia, las partes han llegado a los siguientes acuerdos, todo de conformidad con los parámetros de Ley:
PRIMERO: Ambas partes están conteste en admitir y señalar que dan por concluida la Audiencia Preliminar en virtud de haber llegado a un acuerdo en todos los conceptos demandados los cuales cursan a los folios 129 al 131 del presente expediente, en Audiencia celebrada en fecha 12-01-2005. Asimismo este Tribunal deja constancia de la consignación de la Acta Nº 072 de fecha 17 de Enero de 2005 emanada por el Instituto Regional de Educación Física, Deporte y Recreación del Estado Vargas (IREFIDER), donde otorga Autorización Especial a la Consultora Jurídica del Instituto antes mencionado, ciudadana AMALIA CHAMI HOMSI, titular de la cédula de identidad Nº V-9.851.672 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 58.201, en la causa signada con el Nº 11.469 de la ex trabajadora ciudadana PALMENIA COROMOTO HERRERA MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 4.270.455, para realizar un Pago Único por la cantidad de CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL TRESCIENTOS SESENTA Y UN BOLÍVAR CON 77/100 (BS. 54.233.361,77), por concepto de Cobro de Prestaciones Sociales, el cual se hará efectivo antes este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación, Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Estado Vargas el día Viernes 15 de Abril de 2005.
SEGUNDO: Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, y por cuanto no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, homologa el acuerdo entre las partes y dará efecto de cosa juzgada en el momento en que se de fiel cumplimiento al mismo, es decir, cuando el Patrono IREFIDER cancele el pago de prestaciones sociales por la cantidad de (Bs. 54.233.361,77) en fecha 15-04-05, en el entendido, que la causa signada con el Nº 11.469 reposará en el archivo de éste Tribunal, momento en el cual las partes no tendrán otros conceptos que reclamar de la relación laboral que los vinculó. Se deja constancia que las pruebas han sido devueltas en esté acto. CUMPLASE.
LA JUEZA
DRA. BETTY LUQUEZ LA SECRETARIA
_________________________
ABG. MARIA A. GONZÁLEZ
POR LA PARTE ACTORA:
_______________________________
ABRAHAM EDUARDO TESORERO ___________________
PALMENIA HERRERA MARTINEZ, POR LA PARTE DEMANDADA
______________________
AMALIA CHAMI HOMSI _______________________
ANA MARIA MELIAN GONZALEZ Exp. 11.469
BL/MAG/ale.-