REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Maiquetía, 24 de Enero de 2005
194° y 145°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: 10.920
PARTE ACTORA: ADELY JOSE SALAZAR, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 12.722.096.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: DARYELIS TADINO GASPAR, OLIMPIA DINORA BARRIOS y ROSA MARIBEL AGUILERA RODRIGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los número 72.75, 31.622 y 47.178, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES SABENPE, C.A.
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: GRECIA JOSEFINA SALAZAR ACOSTA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 6.853.
MOTIVO: ACCIDENTE DE TRABAJO

En el día hábil de hoy, Veinticuatro (24) del mes de Enero del año dos mil cinco (2005), siendo las dos y media de la tarde (02:30 p.m.), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentra presente la Profesional del Derecho GRECIA JOSEFINA SALAZAR ACOSTA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada. En este estado este Tribunal deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, quien no se encuentra presente, ni por si; ni por medio de apoderado alguno, en la Audiencia Preliminar. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194 ° y 145°.-
LA JUEZA


DRA. BETTY LUQUEZ


POR LA PARTE DEMANDADA

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GRECIA JOSEFINA SALAZAR

LA SECRETARIA

ABG. MARÍA A. GONZÁLEZ.

BLP/AR/
Exp. N° 10.920.