REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, veinte (20) de Enero de dos mil cinco (2005).
194° y 145°

ASUNTO: WP11-L-2004-000185

Por cuanto en fecha siete (07) de Diciembre de 2.004, fui designada como Juez Suplente Especial de este Tribunal, según comunicación N° CJ-04-4688, de fecha siete (07) de Diciembre de 2.004, emanada de la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia; en consecuencia, me AVOCO al conocimiento de la presente causa. Vista diligencia de fecha dieciocho (18) de Enero del presente año, suscrita por el Profesional del Derecho FRANCISCO ANTONIO RAMÍREZ, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Demandante, mediante la cual solicita se decrete embargo de bienes propiedad de la demandada. En consecuencia, este Tribunal, DECRETA SU EJECUCIÓN; en tal sentido, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al fallo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABG. MARÍA MUDARRA PULIDO
LA SECRETARIA

ABG. RAFALMY BENITEZ
MMP/RB/Angel*