REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veinte (20) de enero de dos mil cinco (2005)
194° y 145°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000363
PARTE ACTORA: DELIDA ESTHER TORRES, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 4.557.772.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KARINA YANEZ, ANA DIAZ Y JORGE MEDINA, Abogados al servicio de la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 85.786, 76.626 y 55.725, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: BAR RESTAURAN LAREZ, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA.
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: BRAZAO DE ABREU RAMIRO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 10.525.655.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: HECTOR RAMON ALVARADO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.810.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día de hoy, jueves, veinte (20) de enero de 2005, siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijado para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar en la presente causa, se deja constancia de la comparecencia de los ciudadanos BRAZAO DE ABREU RAMIRO y HECTOR RAMON ALVARADO, quienes presentaron Copia Certificada del Registro Mercantil de la Empresa Demandada. En este estado siendo las diez y veinte (10:20 a.m.) horas de la mañana, se deja expresa constancia de la incomparecencia de la parte demandante a la presente Audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 194° y 145°
LA JUEZ SUPLENTE ESPECIAL

ABG. MARIA MUDARRA PULIDO
LAS PARTES COMPARECIENTES,

BRAZAO DE ABREU RAMIRO,

HECTOR RAMON ALVARADO
LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS.