REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, cuatro (04) de Febrero del dos mil cinco (2005).-
194 y 145
Vista la diligencia suscrita por la Dra. NINOSKA SOLORZANO RUIZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante la cual solicitó la citación por cartel de los terceros llamados a juicio, el Tribunal a los fines de proveer observa:
Que los ciudadanos: TOMASA PÉREZ BAEZ, SANTIAGO PÉREZ BAEZ, MARIA PÉREZ BAEZ Y MARIA SOCORRO PÉREZ BAEZ, fueron llamados a la causa por el apoderado judicial de la parte demandada como terceros integrantes de la sucesión ISIDORO PÉREZ BAEZ, a los fines que contesten las citas de si son o no los verdaderos propietarios de las bienhechurías y la posesión donde está la casa objeto del presente juicio, que el tribunal admitió cuanto ha lugar en Derecho la llamada a la causa de los terceros ciudadanos arriba mencionados ordenando su citación para la comparecencia el tercer (3er.) día de despacho siguiente a la última citación que de ellos se practique sin importar el orden y dén contestación a la cita.-
Ahora bien, el artículo 382 del Código de Procedimiento Civil, establece lo siguiente:
“La llamada a la causa de los terceros a que se refieren los ordinales 4° Y 5° del artículo 370, se hará en la contestación de la demanda y se ordenará su citación en las formas ordinarias. …”
Siendo que el tercero que comparece, debe presentar por escrito su contestación a la cita y proponer en ella las defensas que le favorezcan, tanto respecto a la demanda principal como respecto de la cita, tal como lo dispone el artículo 383 del Código de Procedimiento Civil, y observando este Tribunal que en el presente juicio aún no ha sido agotada la citación personal de los terceros llamados a la causa, ciudadanos: TOMASA PÉREZ BAEZ, SANTIAGO PÉREZ BAEZ, MARIA PÉREZ BAEZ Y MARIA SOCORRO PÉREZ BAEZ, se niega la solicitud formulada por la Dra. NINOSKA SOLORZANO LEON, apoderada actora, de la citación por carteles de los precitados ciudadanos. Y así se establece.-.
LA JUEZ,

DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO,

LENNYS PINTO IZAGUIRRE



ED´AA/ABG/m.de.b.
Exp. N° 8733.-