REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 1° de Febrero de 2005.
194° y 145°
Vista la diligencia suscrita en fecha 25/01/05, por el ciudadano: ROLANDO E. ESPINOZA N., Abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 36.449, cursante al folio 49, y el pedimento contenido en la misma, relativo a las copias certificadas solicitadas por él, este Tribunal hace del conocimiento del intimado que dichas copias fueron acordadas por auto de fecha 20/01/05, cursante a los folios 44 y 45, para lo cual se requirieron los fotostatos respectivos, correspondiéndole al interesado la obligación de consignarlos en el expediente, a los efectos de la certificación de las copias, y por cuanto en autos no consta la consignación de dichos fotostatos, mal podría éste Tribunal “efectivizar los fotostatos y la certificación de éstos” que señala el intimado, en virtud de lo cual se NIEGA dicho pedimento por ser IMPROCEDENTE.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLORZANO.
YASMILA PAREDES.
MS/YP/wg.
Exp. N° 1317.