REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 25 de Febrero del dos mil cinco (2005).
194° y 146°

Por cuanto del cómputo que antecede se evidencia que se encuentra suficientemente vencido el lapso para que la parte demandada ejerciera el recurso de Ley contra la decisión, sin que hubiera hecho uso de su derecho, el Tribunal declara definitivamente firme la Sentencia dictada en fecha 18 de Agosto de 2003 y decreta su ejecución. En consecuencia fija un lapso de diez (10) días de despacho siguientes al de hoy, para que la parte perdidosa cumpla voluntariamente con su obligación. Todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 524 del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZ

DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA.

YASMILA PAREDES.

MS/YP/ys.
Expediente Nº 5317