En el día hábil de hoy, diecisiete de febrero de dos mil cinco, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los Ciudadanos ROXY MERCEDES ORTIZ TORRES, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 17.206.561, asistida por la Procuradora de Trabajadores FANNY LIMA GAMEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 73645 y la FUNDACION MUSEO DE ARTES VISUALES Y DEL ESPACIO DEL ESTADO TACHIRA (FUNMAVET), representada por su Presidente, Ciudadana BELKIS CANDIALES CABALLERO, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad N° 3.312.403, asistida por la abogado NANCY MAGALY GRANADOS SANDOVAL, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 75806, con el carácter de parte actora y demandada respectivamente, quienes han llegado al siguiente acuerdo de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago efectuado por la demandada, de la cantidad de CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA BOLÍVARES (Bs. 450.850,00), que constituye el saldo restante por los conceptos demandados derivados de la terminación de la relación laboral, suma que la parte demandada se compromete a pagar el día martes 15 de marzo de 2005 por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de esta Coordinación del Trabajo, razón por la cual las partes deberán comparecer en la oportunidad indicada a fin de que se verifique el pago acordado. SEGUNDO: En la presente mediación las partes manifiestan su total conformidad y declaran que nada quedan a deberse por los conceptos derivados de la terminación de la relación laboral, ni por ningún otro aspecto relacionado con la misma. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena no archivar el presente asunto hasta tanto conste en autos el cumplimiento efectivo del pago acordado.

La Jueza,

El Secretario
Abog. Liliana Duque Rosales

Abog. Miguel Colmenares Chacón

Los Presentes

Parte actora,


Roxy Mercedes Ortiz Torres Fanny Lima Gamez
Demandante Procuradora de Trabajadores

Parte demandada,


Belkis Candiales Caballero Nancy Granados Sandoval
Demandada Abogado Asistente