San Cristóbal, 09 de febrero de 2005

EXPEDIENTE Nº: 312968

MOTIVO: AUTORIZACION COBRO DE BENEFICIO

SOLICITANTE: SAIDA ELIZABETH BERBESI CHACON, en beneficio del niño KEIBYN BLADIMIR PABON BERBESI, de 07 años de edad, e hijo de FRANKLIN BLADIMIR PABON ROLON (fallecido).

Mediante escrito presentado en fecha 06 de diciembre de 2.004, por la ciudadana SAIDA ELIZABETH BERBESI CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.568.497, en su carácter de madre del niño KEIBYN BLADIMIR PABON BERBESI; solicitó se expida autorización para tramitar el cobro por sobreviviente, ante la gobernación del Estado Táchira y cualquier otro organismo, quedante ante el fallecimiento del padre FRANKLIN BLADIMIR PABON ROLON. Vistos los recaudos anexos y cumplidos como han sido los requisitos exigidos por este Despacho en el auto de admisión; es por lo que esta SALA DE JUICIO DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, conforme a lo previsto en el artículo 267 del Código Civil, concede AUTORIZACIÓN JUDICIAL amplia y suficiente a la ciudadana SAIDA ELIZANBETH BERBESI CHACON, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.568.497, para que en nombre y representación de su hijo KEIBYN BLADIMIR PABON BERBESI sobre quien ejerce la patria potestad, tramite lo necesario por ante la Dirección de Recursos Humanos de la Gobernación del Estado Táchira y por ante la Dirección de Seguridad y Orden Público, así como cualquier otro Organismo Público o Privado, para hacer efectiva la cuota parte que le corresponde al niño antes mencionado en las Prestaciones Sociales, Caja de Ahorros, Seguro de Vida, Asignación por causa de muerte, Pensión de Sobreviviente y otros quedante al fallecimiento del padre FRANKLIN BLADIMIR PABON ROLON quién era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 13.549.403, quien prestaba sus servicios en la Dirección de Seguridad y Orden Público desempeñándose como Funcionario Público y quién falleció en fecha 24 de agosto de 2.004, según copia certificada del Acta de Defunción Nº 1238 asentada en fecha 24/08/2.004 ante la Prefectura de la Parroquia La Concordia Municipio San Cristóbal, Estado Táchira. Se le advierte al encargado de la tramitación que las sumas de dinero correspondiente a los niños, deberán ser enviadas en cheque a nombre del Tribunal para su colocación en una cuenta bancaria a favor de ellos; por el incumplimiento de este requisito deriva a la nulidad de la Autorización concedida y se le aplicaran las sanciones de Ley. Regístrese y expídase copia certificada para el archivo del Tribunal e interesada.-


Abog. DIANA BEATRIZ CARRERO
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL UNIPERSONAL Nro. 01

Abog. DIANA ESPINOSA
SECRETARIA


En la misma fecha se cumplió con lo acordado.


La Sria.




Exp. 32968/crisna.-
Aut. Cobro de Beneficio