SOLICITANTE: GLADIS SABELIA HERRERA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-4.110.176, domiciliada en la Unidad Vecinal, bloque 41, apartamento 01-04 en San Cristóbal, Estado Táchira, representante legal de la adolescente MARJORYE ALEXANDRA LOPEZ HERRERA.

ABOGADO ASISTENTE: ORLANDO PRATO GUTIERREZ, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.33.973.

MOTIVO: AUTORIZACIÓN PARA VENDER INMUEBLE


Con escrito de fecha 15 de septiembre de 2004, la ciudadana GLADIS SABELIA HERRERA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.4.110.176, domiciliada en la Unidad Vecinal, bloque 41, apartamento 01-04, San Cristóbal Estado Táchira, asistida por el abogado Orlando Prato Gutierrez, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.33973, introduce solicitud de autorización para vender la cuota parte de un inmueble del cual su hija Marjorye Alexandra López Herrera, es propietaria junto con los ciudadanos Milagros del Carmen y Efraín Emilio López Vargas y Wuirmer Amilcar López Valle, por herencia en razón de la muerte de su progenitor el ciudadano SANTIAGO LOPEZ GONZALEZ, quien era titular de la cédula de identidad No.V-842.730. Cumplido lo acordado en el auto de admisión y por cuanto esta juzgadora considera beneficioso para la adolescente MARJORYE ALEXANDRA LOPEZ HERRERA, la solicitud formulada por su progenitora, esta Jueza Temporal No.2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la ciudadana GLADIS SABELIA HERRERA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.4.110.176, para que en nombre y representación de la adolescente MARJORYE ALEXANDRA LOPEZ HERRERA, venezolana, titular de la cédula de identidad No.V-18.879.928, registre el documento mediante el cual se venden los derechos y acciones de la prenombrada adolescente sobre unas mejoras consistentes en siete (7) potreros enmontadas, un (1) pozo de agua, casa de dos (2) habitaciones, techo de zinc, un (1) baño, piso de cemento, todo en un área de VEINTISÉIS (26) HECTAREAS CON VEINTICUATRO METROS CON NOVENTA Y NUEVE CENTIMETROS (24,99 mts), de propiedad de la Alcaldía del Municipio Jáuregui del Estado Táchira, según contrato de arrendamiento 18.285, ubicado en “Los Puentes”, Aldea Orope, Parroquia José Antonio Páez, Municipio García de Hevía, alinderado así: FRENTE: Carretera Orope, Machiques, mide MIL CIENTO TREINTA Y UN METROS (1131 mts). FONDO: El dique del Ministerio, mide NOVECIENTOS CUARENTA METROS (940 mts); LADO DERECHO: terrenos Municipales mide CIENTO CINCUENTA Y SIETE METROS (157 mts); LADO IZQUIERDO: Canal carretero que conduce la carretera negra al dique del Municipio, mide TRESCIENTOS CINCUENTA METROS (350mts), habidas por el causante según documento asentado en la Oficina Subalterna de Registro Público del Distrito García de Hevía, el 19 de marzo de 1987, bajo el No.79, Tomo Primero ADC, Protocolo Primero.

Es de advertir que el precio de la venta será por un monto no menor de TREINTA Y SEIS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.36.000.000,00) y la cuota parte que le corresponde a la adolescente MARJOYE ALEXANDRA LOPEZ HERRERA, que es de Bs.9.000.000,00 deberá ser remitida a este Despacho en cheque de Gerencia a nombre del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, a los fines de aperturar una cuenta de ahorros a favor de la prenombrada adolescente.

Expídase copia certificada a la parte solicitante.

Publíquese, regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los once días del mes de febrero del año dos mil cinco. Años 194 de la Independencia y 145 de la Federación.



GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA
JUEZA TEMPORAL No.2 DE LA SALA DE JUICIO


HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ
SECRETARIA

En la misma fecha se publicó la anterior solicitud siendo las nueve y treinta de la mañana (9:30am) dejándose copia del mismo para el archivo del Tribunal.


La Secretaria,

Exp.31674
GR/HM/maytte