TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. SALA DE JUICIO


SOLICITANTE: YOLLY MARGOT ZAMBRANO DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-9.126.398, domiciliada en la Residencias Los Ruiz, Edificio Arauca, piso 4 apartamento 8, Las Vegas de Táriba.

ABOGADA ASISTENTE: ELVA MERLE PANZA, Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.31.081.

MOTIVO: AUTORIZACIÓN DE VENTA.

Con escrito de fecha 29 de noviembre de 2004, la ciudadana YOLLY MARGOT ZAMBRANO DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-9.126.398, domiciliada en las Residencias Los Ruiz, Edificio Arauca, piso 4 apartamento 8, Las Vegas de Táriba, asistida por la abogada Elva Merle Panza, Defensora Pública de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Táchira, actuando en nombre y representación de los niños ANDRES GERARDO y ROSANA ANDREA ZAMBRANO ZAMBRANO, de doce y diez años de edad, solicitan autorización para vender un vehículo que era propiedad del ciudadano GERARDO RAFAEL ZAMBRANO ROJAS, esposo de la solicitante y padre de los mencionados niños. Cumplido lo ordenado por el Tribunal y por cuanto la negociación favorece los intereses de los hermanos Zambrano Zambrano, esta Jueza Temporal No.2 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, AUTORIZA a la ciudadana YOLLY MARGOT ZAMBRANO DE ZAMBRANO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.V-9.126.398, para que en nombre y representación de sus hijos ANDRES GERARDO y ROSANA ANDREA ZAMBRANO ZAMBRANO, de doce y diez años de edad, proceda a la venta de un vehículo MARCA FIAT, CLASE AUTOMOVIL, MODELO UNO S “BASE” AÑOS 2001, COLOR ROJO, USO PARTICULAR, SERIAL DE CARROCERÍA 98D15824014277581, SERIAL DEL MOTOR 6290871, PLACA EAJ-676, el cual se encuentra a nombre del ciudadano GERARDO RAFAEL ZAMBRANO ROJAS, fallecido, quien era titular de la cédula de identidad No.V-5.034.080. La venta del vehículo descrito deberá hacerse por un monto no menor de DOCE MILLONES DE BOLIVARES (Bs.12.000.000,00) y la cuota parte que le corresponde a los niños Zambrano Zambrano deberá ser consignada en cheque de Gerencia a nombre de este Tribunal.
Expídase copia certificada de la presente autorización a la parte interesada.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil cinco. Años 194 de la Independencia y 145 de la Federación.


GLADYS JAZMIN RIVAS PARADA
JUEZA TEMPORAL No.2 DE LA SALA DE JUICIO

HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ
SECRETARIA
Exp. 32871
GR/HM/maytte