TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. SALA DE JUICIO. San Cristóbal, 10 de febrero de 2005.-
194º y 145º
Vista el Acta de Régimen de Visitas, de fecha 10 de febrero del presente año, entre los ciudadanos EUFEMIANO MOLINA PULIDO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V.- 12.518.596 y MARIA GRISELIA LUNA ORTIZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V.- 19.664.412, mediante la cual convinieron: La madre buscara a su hijo, en la residencia del padre el día domingo, cada 15 días, a las ocho de la mañana (8.00 a.m.) debiendo retornar a su hogar paterno a las cinco de la tarde (5.00 p.m.) de este mismo día domingo. Así mismo acordaron que las visitas empezaran a partir del domingo próximo 20-02-05. En consecuencia este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, da por consumado el acto y le IMPARTE HOMOLOGACION por lo que se acuerda proceder como en sentencia pasada de autoridad de cosa juzgada, conforme lo establecido en él articulo 375 de la L.O.P.N.A. Así mismo se ordena archivar el expediente.
ABG. MILAGROS DEL VALLE ROJAS ARAQUE, JUEZ UNIPERSONAL Nº 5.
ABG. ALEXANDER SANCHEZ CARVAJAL
SECRETARIO
EXP. Nº 29009
VISITAS.
RCM.-
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