REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRES BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.
San Cristóbal, estado Táchira, miércoles dos (02) de febrero de 2005, siendo las11:40 de la mañana, se traslado y constituyo éste Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios San Cristóbal, Torbes, Cárdenas, Guásimos, Fernández Feo, Libertador y Andrés Bello de ésta Circunscripción Judicial, junto con el apoderado actor, abogado Rainer Rodríguez, titular de la cédula de identidad No. V-10.145.930 e inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el No. 62434, apoderado judicial de la empresa mercantil Electroshock, C. A., en este inmueble ubicado en la Calle 4 con séptima avenida, donde funciona la entidad Bancaria Banco Sofitasa, a fin de llevar a cabo la presente medida preventiva de Embargo decretada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de ésta Circunscripción Judicial , demanda incoada por Electroshock, C.A., contra la ciudadana Rosa Yesenia Murillo Rodríguez, por Cobro de Bolívares intimación, expediente No. 15.564. Se notifica Inmediatamente al ciudadano Javier Antonio Pineda Navarro, titular de la cédula de identidad No. V-10.153.673, Sub Gerente de la entidad bancaria Banco Sofitasa, quien permite al Tribunal su acceso, de su misión y objeto. Seguidamente el apoderado actor Rainer Rodríguez, solicito el derecho de palabra y concedida que le fue, expone: Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez proceda a solicitar del notificado la notificación de la cuenta No. 0137-0008-71-0001107311, cuyo titular es la demandada Rosa Yesenia Murillo Rodríguez, y el saldo para la presente fecha. Seguidamente el ciudadano Juez requiere del notificado la verificación de la cuenta suministrada por el apoderado actor y nos indique el saldo para el día de hoy. En este estado el notificado informa el Tribunal, que la cuenta es una cuenta de corriente, cuya titular es Rosa Yesenia Murillo Rodríguez y tiene un saldo para la fecha de UN MILLON CUATROCIENTOS DIECISIETE MIL SEIS CIENTO OCHENTA Y TRES CON SETENTA Y UN CENTIMOS (Bs. 1.417.683,71). Seguidamente el apoderado actor, abogado Rainer Rodríguez, solicita al ciudadano Juez proceda a embargar preventivamente la cantidad de UN MILLON CUATROCIENTOS MIL (Bs. 1.400.000,00). En este estado el ciudadano Juez visto lo solicitado por el abogado actor, declara legalmente embargado preventivamente la suma de N MILLON CUATROCIENTOS MIL (Bs. 1.400.000,00), declarando así la desposesión jurídica de la ejecutada y se ordena de conformidad con la Resolución del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 20/09/04, en concordancia con la Resolución No. 2004-00159 de la Sala Plena del mismo Tribunal, en la cual se designa de manera exclusiva al Banco Industrial de Venezuela para recibir los depósitos de todas las cantidades de dinero por distintos conceptos reciban los tribunales de la Republica y por cuanto la cantidad de dinero embargado preventivamente en este acto, de una cuenta corriente del Banco Sofitasa, se ordena por autoridad de la Ley emitir un cheque de Gerencia a nombre del Tribunal comitente y por la cantidad legalmente embargado en el acto. Seguidamente el abogado actor, expone: Por cuanto el monto embargado no cubre el monto del decreto, me reservo el derecho a seguir señalando bienes propiedad de la demandada, solicitando que la presente comisión sea devuelta al Tribunal Comitente. En este estado el notificado entrega en este acto el Cheque de Gerencia No. 07283342, por un monto de 1.400.000,00 de fecha de hoy y a nombre del tribunal comitente. No siendo otro el objeto del tribunal se da por terminado el acto, siendo a las 12:30 del mediodía, acordando regresando a la sede del Tribunal. Terminó y conformes firman. DR. FELIX ANTONIO MATOS. Juez temporal (Fdo.). Lugar del Sello. LIC. JAVIER PINEDA NAVARRO. Sub-Gerente Notificado. (Fdo.). ABG. RAINER RODRIGUEZ. Abogado actor (Fdo.) CABO II JHON A REBOLLEDO. Funcionario DIRSOP (Fdo.) ABG. CARMEN B. MORENO PEREZ. Secretaria (Fdo)
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