REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO

En el día de hoy, martes quince de febrero de dos mil cinco, siendo las 9:00 de la mañana se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, ANDRÉS BELLO, FERNÁNDEZ FEO Y LIBERTADOR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario, junto con el Abogado en ejercicio FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.481 quien actúa con el carácter de co- apoderad judicial de la parte demandante ciudadana ANA GRACIELA MARQUEZ DE CASTRO, titular de la Cédula de Identidad N° V- 164.612, según se evidencia de poder autenticado por ante la Notaria Pública Segunda de San Cristóbal Estado Táchira, inserto bajo el N° 27 Tomo 12, de fecha 03 de febrero de 2004, è indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble N° 14-70, ubicado en la carrera 1 entre calles 14 y 15 de la Ermita Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada en el juicio que por DESALOJO DE INMUEBLE se sigue contra ALBA ISABEL MORALES CHACON, en el expediente Nº 3848 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal el funcionario OSCAR RIAÑO, placa 2021. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte actora, quien expuso: “Solicito muy respetuosamente a este Tribunal se abstenga de la practica de la medida de Embargo Ejecutivo el día de hoy, por cuanto no existen bienes muebles propiedad de la parte demandada, es todo”. El Tribunal visto el pedimento realizado por la parte actora acuerda abstenerse de la presente ejecución de la medida de Embargo Ejecutivo para lo cual ha sido comisionado. Es todo. No siendo mas se concluye el acto a las 9:30 a.m. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ACTORA,


ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA ZERPA



EL FUNCIONARIO POLICIAL,


OSCAR RIAÑO


LA SECRETARIA,


HAYDEÉ SOCORRO MORENO.