REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO



En el día de hoy, martes quince de febrero de dos mil cinco, siendo las 09:30 a.m. se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con el abogado en ejercicio FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 48.481 quien actúa con el carácter de co-apoderado judicial de la parte demandante ciudadana: ANA GRACIELA MARQUEZ DE CASTRO, titular de la cédula de identidad N° V-164.612, según se evidencia del poder en original presentado en este acto para vista y devolución y consigna copia fotostática del mismo simple, constante de dos (02) folios, el cual fue autenticado ante la Notaria Publica Segunda de San Cristóbal, Estado Táchira, inserto bajo el N° 27 tomo 12, de fecha 03 de febrero de 2004, seguidamente le indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Inmueble Nº 14-70, ubicado en la carrera 1, entre calles 14 y 15 de la Ermita, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, la cual consiste en Desalojar el Inmueble, decretado en el juicio que por DESALOJO de INMUEBLE se sigue contra ALBA ISABEL MORALES CHACON, titular de la C.I. N° V-2.549.970, en el expediente Nº 3848 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales OSCAR RIAÑO, placa 2021, GREGORIO GONZALEZ SANCHEZ, placa 2529 y JOSE MARTINEZ MORENO, placa 2627, los dos últimos pertenecientes a la Brigada de Acciones Especiales (BAE). Se encuentra presente el ciudadano: JHONNY ALEXIS MORALES, titular de la C.I.N° V-10.160.249, quien dijo ser hijo de la demandada, la Juez lo notifico del objeto y misión a cumplir en el sitio indicándole que cuenta con un plazo de (30) minutos, para que se comunique con la demandada o su apoderado judicial, a los fines de que se hagan presentes en este acto y ejerzan el derecho a la defensa consagrado en el articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En estado siendo las 11:45 a.m. se hizo presente la ciudadana ALBA ISABEL MORALES CHACON, titular de la C. I. N° V-2.549.970, en su carácter de demandada la Juez la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio y asistida por el abogado en ejercicio FREDDY GILBERTO CHACON SILVA, inscrito en le inpreabogado bajo el N° 24.430 solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “solicito a la parte ejecutante me conceda un lapso de tres días consecutivos el cual culmina el día viernes 18-02-2005 a las 12:00 meridiun, oportunidad en la cual entregare el inmueble totalmente desocupada de bienes muebles y personas y los recibos de cancelación de Luz, agua y otros debidamente cancelados, a los apoderados judiciales de la parte demandante, es todo”. En este estado la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “Vista la solicitud de la parte ejecutada concedo el lapso solicitado para la entrega formal del presente inmueble libre de personas y bienes muebles el cual deberá materializarse a la hora señalada en este local, solicito a la ciudadana Juez Ejecutor se abstenga a la presente ejecución el día de hoy y se mantenga la presente comisión en este Despacho hasta tanto conste en autos el cumplimiento a la entrega formal del inmueble. Asimismo me reservo en caso de incumplimiento solicitar se fije nueva oportunidad para llevar a efectos la presente entrega de inmueble, es todo.” El Tribunal visto lo solicitado por la parte actora se acuerda suspender la presente ejecución y mantener la comisión en este Juzgado Ejecutor. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto 12:30 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. Asimismo se ordena agregar la copia simple a la comisión.


LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.

LA PARTE ARCTORA,


ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA.



LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,


OSCAR RIAÑO, GREGORIO GONZALEZ
JOSE MARTINEZ MORENO

EL NOTIFICADO,


JHONNY ALEXIS MORALES

LA EJECUTADA,

ALBA ISABEL MORALES CHACON

ABG. ASISTENTE,

FREDDY GILBERTO CHACON SILVA


LA SECRETARIA,


HAYDEE SOCORRO MORENO.