REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL, TORBES, CARDENAS, GUASIMOS, FERNANDO FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO
En el día de hoy, jueves veinticuatro de febrero de dos mil cinco, siendo las 11:00 a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES CÁRDENAS, GUÀSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la abogada en ejercicio MARIA DEL CARMEN BUSTAMANTE PORRAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 48.381, quien actúa con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante Banco de Fomento Regional Los Andes C.A. Banfoandes, en el juicio que por EJECUCION DE HIPOTECA, se sigue contra los ciudadanos: SILVIO MODESTO ESPITIA LAMBRAÑO, en su carácter de Deudor y a la ciudadana BELKIS CARRERO SANCHEZ, propietaria del inmueble gravado, en el expediente Civil N° 30659-2004 que cursa por ante el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, el cual ha comisionado a éste para llevar a efecto la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre el inmueble dado en garantía, consistente en una casa para habitación con el lote de terreno propio en que se halla construida, mide aproximadamente seiscientos (600) metros cuadrados; construida con estructura de concreto armado, techo de madera machambrada con teja criolla y tabelón, pisos revestidos en cerámica, paredes de bloque frisadas, el galpón y el garaje poseen techo de acerolit y pisos en base de concreto; consta de los siguientes ambientes y comodidades: Porche, sala, comedor, cocina, una habitación con baño, dos habitaciones, un baño, área de oficios, garaje techado, galpón y jardín, ubicado en la esquina de la Avenida Los Fundadores con la calle Táchira, N° H-27, Urbanización Colinas del Mirador, Barrancas Parte Alta, Municipio Cárdenas del Estado Táchira; alinderado así: NORTE, con propiedad que es o fue de Jesús Maria Suárez Rivera, mide quince (15) metros; SUR, con calle Táchira, mide quince (15) metros; ESTE, con terrenos que son o fueron de Apolinar Suárez, mide cuarenta (40) metros; y OESTE, con la Avenida Los Fundadores, mide cuarenta (40) metros, dicho inmueble le pertenecen a la ciudadana: BELKIS CARRERO SANCHEZ, según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, de fecha 03 de noviembre de 1992, bajo el Nº 28, Folios 58 al 59, Tomo 13, Protocolo Primero. Acompaña al Tribunal el funcionario policial OSCAR RIAÑO, placa 2021, la parte actora señalo a este Tribunal Ejecutor de Medidas la siguiente dirección: Inmueble N° H-27, Urbanización Colinas del Mirador, ubicado en la Avenida Los Fundadores con calle Táchira, Barrancas Parte Alta, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, a fin de trasladarse a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente. Se encuentra presente la ciudadana: MAILYN LORENA ESPITIA CARRERO, titular de la C.I. N° V-18.564.076, quien manifestó ser hija de los demandados, la Juez la Notifico del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que cuenta con un plazo de (30) minutos para que se comunique con los demandados de autos o con su apoderado judicial, a los fines de que ejerzan el derecho a la defensa consagrado en el artículo 49 de la Constitución Nacional de la Republica Bolivariana de Venezuela. El Tribunal designa como Perito Avaluador al ciudadano: JAIME ANTONIO NARANJO, titular de la C.I. N° V- 3.996.039 y como Depositario al ciudadano: JOSE DARIO ZAMBRANO CORZO, titular de la C.I. N° V-7.092.473, representante de la Depositaria Judicial La Seguridad, quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Juez. En este estado el Perito designado pasa a rendir el informe de la siguiente manera: “El inmueble consta de una casa de tres habitaciones de las cuales una tiene baño, sala comedor, Cocina, área de servicios, un baño auxiliar, ponche, jardín, garaje, un galpón pequeño anexo, un tanque de concreto para agua, construida con techos de platabanda el cual presenta filtraciones en partes, y techos de machambre con teja y otro de acerolit, paredes frisadas, pisos de cerámica y cemento rustico, puertas de madera, ventanas de metal y vidrio rejas metálicas protectoras en todo el inmueble, el mismo se encuentra en regular estado de conservación y posee todos los servicios públicos existentes, por su ubicación, linderos y medidas lo avalúo prudencialmente en la suma de CIENTO VEINTE MILLONES DE BOLIVARES, (Bs.120.000.000,oo), es todo”. El Tribunal declara EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el presente inmueble anteriormente descrito, y en consecuencia declara su DESPOSESION JURÍDICA de conformidad con lo establecido en el Artículo 536 del Código de Procedimiento Civil, y le hace entrega del mismo al Depositario Judicial designado, quien deberá ejercer la supervisión periódica a dicho inmueble. Asimismo, el Tribunal acuerda participar mediante oficio al Registrador Subalterno respectivo, la práctica de la medida de Embargo Ejecutivo, todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 535 Ejusdem. Igualmente deja expresa constancia que el inmueble objeto de la presente medida de Embargo Ejecutivo lo ocupa la Notificada junto con su madre que a la vez es co-demandada y su hermana mayor. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 1:00p.m., dejando constancia que a esta hora no se hizo presente la parte demandada ni apoderado judicial alguno. Terminó, se leyó y conformes firman. Lo enmendado: Vale todo.
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE ACTORA,
ABG. MARIA DEL CARMEN BUSTAMANTE P.
EL FUNCIONARIO POLICIAL,
OSCAR RIAÑO.
LA PERITO,
JAIME ANTONIO NARANJO
EL DEPOSITARIO,
JOSE DARIO ZAMBRANO C.
LA NOTIFICADA,
MEILYN LORENA ESPITIA CARRERO
LA SECRETARIA,
HAYDEE SOCORRO MORENO