| 
 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
 
 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
 SEGUNDO DE CONTROL
 
 
 Macuto, 24 de  Febrero  de 2005
 194°  y  145°
 
 
 ASUNTO PRINCIPAL		 : WP01-P-2005-000563
 
 Con base en los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: decreta la privación judicial preventiva de libertad del ciudadano NESTOR JOSE MARCANO IRIARTE,  de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numeral 2° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal, por estar presuntamente incurso en la perpetración del delito de Hurto Calificado, previsto y sancionado en los artículos 455 del Código Penal Robo y en consecuencia se declara Sin Lugar la solicitud de la defensa de imponer al imputado una medida menos gravosa; Segundo: En relación al imputado JESUS ALBERTO CORRO BASTARDO,  se   decreta medida cautelar sustitutiva de libertad, conforme alo establecido  en el  Artículo 253  y  numeral 3°   del   Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal,  referida a la presentación cada   Quince (15), ante este tribunal,   por la comisión del delito de Aprovechamiento de Cosas Provenientes de Delito, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 472 del Código Penal, según se evidencia en las actas procesales signadas con los folios  del 03 al 06, de dicho expediente. Tercero:   Se   ordena la aplicación del procedimiento ordinario en el presente asunto, conforme lo establecido en los artículo 280 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal;
 Diarícese,  publíquese  y   regístrese  el  presente auto fundado.
 El Juez,
 
 Máximo Guevara R  				            	El  Secretario
 
 Abg. Ramón Martínez
 
 
 |