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 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
 TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
 SEGUNDO DE CONTROL
 
 
 Macuto, 04 de   Febrero de 2005
 194°  y  145°
 
 ASUNTO PRINCIPAL:	WP01-P-2005-000195
 Con base en los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad de la  ciudadana ALTAGRACIA FELIZ, por encontrarse llenos los requisitos exigidos en los artículos 250, numerales 1°, 2° y 3° y 251, numerales 2° y parágrafo primero del Código Orgánico Procesal Penal; Segundo: Se decreta la aplicación del procedimiento abreviado, por estar satisfechos los supuestos de los artículos 248 y 373 ibidem.
 Publíquese, regístrese y diarícese el presente auto fundado.
 El Juez,
 
 Máximo Guevara R.
 El Secretario,
 
 Abg.  Ramón Martínez
 
 En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado.
 El Secretario,
 
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