REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 04 de Febrero de 2005
Años 194° y 145°

Vista la diligencia suscrita por el Dr. ORLANDO GAMEZ, en su carácter de apoderado de la parte actora, y vencido como se encuentra el lapso concedido a la parte demandada para que diera cumplimiento voluntario a la sentencia dictada en fecha 15/12/2003, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el Artículo 526 del Código de Procedimiento Civil, Decreta Medida Ejecutiva de Embargo en Ejecución Forzosa de la sentencia antes mencionada, sobre el bien inmueble objeto de la presente demanda, conformado por un Apartamento distinguido con número y letra cuatro –D (4-D), que forma parte del Edificio GOLF PARK SUITES, ubicado en la Avenida La Capilla, Urbanización Caribe, Parroquia Caraballeda, Estado Vargas. Se le advierte, que si la medida recayera sobre cantidades de dinero la suma a embargar será de SEIS MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLIVARES CON TREINTA Y DOS CENTIMOS (Bs. 6.337.353,32), que comprende la cantidad condenada a pagar, más las costas procesales calculadas prudencialmente por este Tribunal en un veinticinco por ciento (25%). Para la práctica de la medida se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor de Medidas de Municipio de ésta Circunscripción Judicial, a quien se ordena librar Mandamiento de Ejecución, a los fines de que el Tribunal que corresponda en virtud de la distribución, practique la medida decretada. Líbrese oficio con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA SECRETARIA ACC.

DRA. FRANZULY YOLE MARIN
En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado y se libró oficio N° 018/05.-
LA SECRETARIA ACC.