REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintidós (22) de febrero de dos mil cinco (2005)
194° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000434
PARTE ACTORA: YOVANNI JAVIER SILVA VIVAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 17.958.109.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CRISBEL QUIJADA, KARINA YÁNEZ, ANA MARINA DÍAZ y JORGE MEDINA; abogados al servicio de la Procuraduría de Trabajadores en el Estado Vargas e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 81.221, 85.786, 76.626 y 55.725, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “DISTRIBUIDORA MILAGROS HIDALGO, S.R.L.” Debidamente inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha: veinte (20) de septiembre del año dos mil cuatro (2.004), anotada bajo el Nº 23, Tomo 3-A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”
En el día hábil de hoy, veintidós (22) de febrero del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00am) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: YOVANNI JAVIER SILVA VIVAS; parte actora y CRISBEL QUIJADA; Apoderada Judicial de la parte actora y consignó en este acto escrito de pruebas contentivo de dos (02) folios útiles con anexos marcados con las letras: “A” referido a original de carnet emitido por la empresa demandada “DISTRIBUIDORA MILAGROS HIDALGO I, S.R.L.” a nombre del ciudadano: YOVANI SILVA; “B” referido a copia fotostática de cédula de identidad número V-15.266.707, siendo el titular el ciudadano: GARCÍA LEÓN DELVIS JESÚS; y anexo “C” referido a copia fotostática de cédula de identidad número V-13.373.812, siendo el titular el ciudadano: NAVARRO CAMIÑA JOSÉ ANTONIO. Seguidamente y siendo las diez y treinta minutos (10:30 a.m.) horas de la mañana, el Tribunal deja expresa constancia que no compareció a este acto la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal, presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, declarando CON LUGAR la acción intentada por la demandante. En consecuencia, visto que se requiere de un análisis detallado de los conceptos demandados; este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
PARTE ACTORA,
APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,
LA SECRETARIA,
ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
EXP. Nº WP11-L-2004-000434
“COBRO DE PRESACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”
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