REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veintiocho (28) de febrero de dos mil cinco (2005)
194° y 145°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000419
PARTE ACTORA: ESCOBAR SUAREZ ALCIDES, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.116.455.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JORGE LUIS MEDINA, KARINA YANEZ, y ANA MARINA DÍAZ, abogados al servicio de la Procuraduría de Trabajadores en el Estado Vargas e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 55.725, 85.786 Y 76.626; respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “RESTAURANT LA TABERNA DEL CONDE. S.R.L.” Inscrita por ante el Registro Mercantil II de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha: dieciséis (16) de Diciembre de 1.993, bajo el Número 10 Tomo 136-A SGDO.
APODERADOS JUDICIALES DE LA EMPRESA DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, veintiocho (28) de febrero del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma la ciudadana: KARINA YANEZ, Apoderada Judicial de la parte actora, plenamente identificada supra. Seguidamente y siendo las diez y veinte minutos (10:20 a.m.) horas de la mañana, el Tribunal deja expresa constancia que no compareció a este acto la parte demandada, ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 131 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Tribunal, presume la admisión de los hechos alegados por la parte actora en el libelo de la demanda, en cuanto no sean contrarios a derecho, declarando CON LUGAR la acción intentada por la demandante. En consecuencia, visto que se requiere de un análisis detallado de los conceptos demandados; este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha. Es todo. Término, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,
DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ.
LA PARTE COMPARECIENTE,
APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,
LA SECRETARIA,
ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN.
EXP. N° WP11-L-2004-000419
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”
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