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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (08) de julio del año dos mil cinco (2005).-
 
 
 195°    y   146°
 
 Vistas las declaraciones rendidas por las ciudadanas ELSA MAYBETH GONZALEZ SANCHEZ Y MARIA DE JESUS RODRIGUEZ HERNANDEZ , presentados por el ciudadano MAXIMILIANO BAENA MATA, quienes manifestaron en sus declaraciones que los ciudadanos: MAXIMILIANO BAENA MATA Y DALIA DEL PILAR BAENA DE YANEZ,  son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS  de la  ciudadana que en vida respondiera al nombre de MARIA CRISTINA BAENA, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente  a la solicitante. Devuélvase original con sus resultas  a l  solicitante.  Cúmplase.-
 LA JUEZ,
 
 
 DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
 EL SECRETARIO
 
 
 LENNYS PINTO IZAGUIRRE
 
 En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 702/05.-
 
 EL SECRETARIO
 
 
 LENNYS PINTO IZAGUIRRE
 
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