REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO, DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, siete (07) de julio del año dos mil cinco (2005).
195° y 146º

Vista la diligencia suscrita, en fecha 30 de junio del presente año, por el abogado JOSE N. PRINCE, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 7.642, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, el Tribunal para proveer observa:
La parte actora solicita se le haga entrega de los siguientes documentos: poder otorgado a Gladis Amelia García Alonso, por Michelle Farias García y Natacha Farias García; Planilla de Liquidación Sucesoral del causante Francisco Farias, y copia certificada de documento de propiedad.
Ahora bien, de la revisión de los mencionados recaudos tenemos que los mismos constituyen documentos fundamentales de la presente acción y aunado a ello, la causa se encuentra en curso, en todo caso, si la parte pretende su devolución debe desistir del procedimiento o de la acción, conforme lo establece el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
De lo anteriormente expuesto es por lo que este Tribunal niega la devolución de los referidos documentos. Así se establece.
LA JUEZ,

DRA MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA.

YASMILA PÀREDES



MS/YP/Malyuri
Exp. Nº 6178