JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA.- San Cristóbal, primero de julio de dos mil cinco.-
195º Y 146º
Recibido por Distribución, constante de un (01) folio útil, el escrito presentado por el ciudadano, OLIVER LEENIN SANTANA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad N° V-11.495.985, domiciliado en esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira y civilmente hábil, asistido por el abogado JUAN CARLOS CONTRERAS PRATO, inscrito en el Inpreabogado, bajo el N° 71.535, acompañado de Justificativo evacuado por ante la Notaría Pública Quinta de San Cristóbal, de fecha 02 de junio de 2005, constante de (03) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Y por cuanto de autos se comprueba la procedencia de la solicitud hecha por el ciudadano, OLIVER LEENIN SANTANA SANCHEZ, ya identificado. Este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara las presentes diligencias bastantes y suficientes para asegurarle sus derechos de propiedad sobre unas mejoras construidas a sus únicas y exclusivas expensas, con dinero de su propio peculio entre el 02 de diciembre de 2003 hasta el 30 de septiembre de 2004, en un lote de terreno de su propiedad , ubicado en el desarrollo habitacional “Villa Palermo”, micro-lote N° 117, calle principal La Machirí, Sector Sabana Larga, Parroquia San Juan Bautista, Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, catastrado bajo el N° 04-14—004-117-00-00-000, adquirido según documento protocolizado por ante la Oficina de Registro Inmobiliario, Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, inserto bajo el N° 18, Tomo 14, Protocolo Primero, de fecha 27 de agosto de 2003, del cual anexa copia fotostática, marcada “A”, junto con copia de la cédula catastral, marcada “B”; consistentes en una casa para habitación familiar, de una planta con tres (3) habitaciones, dos (2) salas de baño, sala- comedor, cocina, área de oficios, patio interno, porche, pisos de cerámica, estructura de concreto y cabilla, techo de estructura metálica con machimbre y teja, con instalaciones de agua blanca, agua negra, telefónica, eléctrica y de TV., puertas de madera y metálicas y, ventanas metálicas con vidrio y reja protectora; donde actualmente vive con su familia, desde hace un año aproximadamente. Con los siguientes linderos y medidas: NORTE: Con micro-lote N° 118, mide quince (15) metros; SUR: Con micro-lote N° 116, mide quince (15) metros; ESTE: Con vereda “Doña María”, mide siete (7) metros; y, OESTE: Con micro-lote N° 98, mide siete (7) metros El costo de inversión de estas mejoras, es la cantidad de TREINTA MILLONES DE BOLIVARES CON 00/100 (Bs. 30.000.000,00).-
Según lo declarado por los testigos, ciudadanos: MARCO AVELLANEDA, WILSON MORENO y ROSA GALVIS, quienes declararon afirmativamente al interrogatorio a que fueron sometidos, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de las actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvase los originales de las mismas al interesado a los fines legales.-

LA JUEZ

REINA MAYLENI SUAREZ SALAS
LA SECRETARIA,

IRALI JOCELYN URRIBARRI DIAZ



En la misma fecha se le dio entrada, bajo el N° 6747.-
LA SECRETARIA

nancy