GADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 27 de Julio de 2005

196° y 146°

Recibida por distribución, constante todo de diecinueve (19) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud. Vistas las declaraciones de los ciudadanos: MARIA APOLONIA ZAMBRANO DE VIVAS y HENRY FERMIN OMAÑA ANGEL, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-2.886.611 y 9.222.114, domiciliados en el sector Barrancas, Municipio Cárdenas del Estado Táchira, vista el Acta de Defunción N° 282, expedida por Registrador Civil del Municipio San Cristóbal del Estado Táchira, perteneciente a BENJAMIN VARELA, vista el Acta de Matrimonio N° 355 perteneciente a los ciudadanos BENJAMIN VARELA y ROSA DELIA SANCHEZ ALVAREZ, vistas igualmente las Partidas de Nacimiento Nros. 109, 3.517 y 1.088, pertenecientes a los ciudadanos ALEXIS FERNANDO, JOHAN y LUDYMAR VARELA SANCHEZ, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y autoridad de la Ley, las declara suficientes para asegurarle a los ciudadanos ROSA DELIA SANCHEZ DE VARELA, LUDYMAR VARELA SANCHEZ, ALEXIS FERNANDO VARELA SANCHEZ y JOHAN VARELA SANCHEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 12.631.815, V-14.418.437, V-12.226.061 y V-14.418.440, respectivamente, en su carácter de cónyuge la primera y de hijos los siguientes del nombrado de Cujus; su condición de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante BENJAMIN VARELA, fallecido el día 27 de mayo de 2005, en el Hospital del Seguro Social, Parroquia San Juan Bautista del Estado Táchira. Conforme al articulo 937 del Código de Procedimiento Civil quedan a salvo los derechos de terceros. Devuélvase original a los interesados, junto con dos (2) copias fotostáticas certificadas y déjese copia para el archivo del Tribunal.


Abog. Fabio Ochoa Arroyave
Juez Suplente

La Secretaria Temporal

Abog. Maria Alejandra Vásquez Sánchez
En la misma fecha se entregaron originales a la parte interesada, así como las dos (2) copias fotostáticas certificadas solicitadas, dejando en su lugar copia certificada para el archivo del Tribunal.
lgb