JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, Veintisiete de Julio de dos mil cinco.

195º y 146º

Recibida por Distribución la presente solicitud, constante todo de (13) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Y por cuanto de la revisión de los recaudos presentados se observa que se encuentran llenos los extremos de Ley, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA LAS PRESENTES DILIGENCIAS BASTANTES Y SUFICIENTES, para asegurarle a los ciudadanos BLANCA STELLA CLAROS DE AGREDO y EFRAIN AGREDO VEGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-11.981.972 y V-10.829.130, de este domicilio, el carácter de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del fallecido FERNEY AGREDO CLAROS, hijo de los referidos ciudadanos, ya identificada. Por aplicación analógica del artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, se deja a salvo todo derecho de terceros. Déjese copia certificada de estas actuaciones para el archivo del Tribunal y devuélvanse en originales las mismas a la parte interesada a los fines legales consiguientes.
EL JUEZ TEMPORAL

ABOG. ESTEBAN RAMÓN QUINTERO
LA SECRETARIA

ALBA MARINA LABRADOR