REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO TÁCHIRA
San Cristóbal, Jueves, 21 de julio de 2005
195º y 146º
Vista la solicitud interpuesta por la Fiscalia Tercera del Ministerio Público del Estado Táchira, por intermedio de la abogado MERCEDES LILIANA RIVERA ROJAS, mediante la cual, solicita se autorice una prorroga de 30 días mas, para que funcionarios adscritos al Grupo Antiextorsión y Se-cuestro de la Guardia Nacional de Venezuela, Comando Regional No. 1 de San Cristóbal Estado Táchira continúen con las filmaciones, fotografías, Interceptaciones de llamadas telefónicas e instalación de Call, Malicius del abonado telefónico Nº 0276-3948851, ubicado en la calle 05, con carrera 05, Auto Mercado “Morzan” de la localidad de Táriba, perteneciente a la ciudadana Carmen Yorley Contreras de Mora, C.I: V.-11.493.317, acorda-da por este Tribunal en fecha 18 de Mayo de 2005, según solicitud Nº 3C-S-171-05, relacionadas con la investigación Fiscal 20F2-00197-05, de conformidad con lo establecido en los artículos 219, 220 y 221 del Código Orgánico Procesal Penal, por existir elementos de juicio de interés en di-cha investigación, resuelve lo solicitado, previa las consideraciones si-guientes:
En primer lugar, se aprecia la existencia de una averiguación iniciada, por la Fiscalía tercera del Ministerio Público del Estado Táchira, signada con el número 20F2-00197-05, por la presunta comisión del delito de SECUES-TRO, en perjuicio del ciudadano MORA ZAMBRANO ELI ZAMBRANO, conforme se evidencia de la solicitud de esta fecha, debidamente suscrita por el Fiscal solicitante.
Que con base a las diligencias probatorias referidas, quien Juzga, consi-dera que en efecto, es necesaria la realización de la diligencia de prorroga solicitada, por cuanto existen elementos de interés criminalisticos, por la información que se pueda obtener, razón por la cual, se Autoriza a los fun-cionarios adscritos al Grupo Anti Extorsión y Secuestro del Comando Re-gional No. 1 de la Guardia Nacional de Venezuela, del Estado Táchira, pa-ra que continúen por 30 días mas con las filmaciones, fotografías, Intercep-taciones de llamadas telefónicas e instalación de Call, Malicius del abona-do telefónico Nº 0276-3948851, ubicado en la calle 05, con carrera 05, Au-to Mercado “Morzan” de la localidad de Táriba, perteneciente a la ciudada-na Carmen Yorley Contreras de Mora, C.I: V.-11.493.317, acordada por este Tribunal en fecha 18 de Mayo de 2005, según solicitud Nº 3C-S-171-05, por el lapso de 30 días consecutivos, por la presunta comisión del deli-to de SECUESTRO, según la investigación Nro. 20F2-00197-05, todo de conformidad con el artículos 219 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando en exclusiva responsabilidad de los funcionarios ejecutores de la presente orden, la extralimitación en el cumplimiento de la autorización aquí conferida, debiendo dar estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 221 del Código Orgánico Procesal Penal. La duración de la misma es de Treinta (30) días mas contados a partir de la presente fecha, de conformidad con el artículo 220 ejusdem.
Así mismo, los funcionarios ejecutores deberán conservar el contenido de las grabaciones, cuyo contenido se transcribirá y agregará a las actuacio-nes, conservando las fuentes originales de grabación, asegurando su inal-terabilidad y su posterior identificación, todo de conformidad con lo señala-do en el artículo 219 del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia, ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INS-TANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: Autoriza la prorroga por treinta (30) días mas a los funcionarios adscritos al Grupo Anti Extorsión y Secuestro del Comando Regional No. 1 de la Guardia Na-cional de Venezuela, del Estado Táchira, para que continúen con las filma-ciones, fotografías, Interceptaciones de llamadas telefónicas e instalación de Call, Malicius del abonado telefónico Nº 0276-3948851, ubicado en la calle 05, con carrera 05, Auto Mercado “Morzan” de la localidad de Táriba, perteneciente a la ciudadana Carmen Yorley Contreras de Mora, C.I: V.-11.493.317, acordada por este Tribunal en fecha 18 de Mayo de 2005, se-gún solicitud Nº 3C-S-171-05, por la presunta comisión del delito de SE-CUESTRO, según la investigación Nro. 20F2-00197-05, todo de conformi-dad con el artículos 219 del Código Orgánico Procesal Penal, quedando en exclusiva responsabilidad de los funcionarios ejecutores de la presente orden, la extralimitación en el cumplimiento de la autorización de aquí con-ferida, debiendo dar estricto cumplimiento a lo establecido en el artículo 219 del Código Orgánico Procesal Penal. La duración de la misma es de Treinta (30) días contados a partir de la presente fecha, de conformidad con el artículo 220 ejusdem.
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