REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTE
DEL ESTADO TACHIRA.

San Cristóbal, 26 Julio de 2004.
194 y 145

Revisada la presente causa signada con el Nro. E-570-04, éste Tribunal encuentra que en fecha 24 de octubre de 2003, el Tribunal de Juicio de la Sección Penal del Adolescente del Estado Táchira, le impuso al adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), la medida de SERVICIOS A LA COMUNIDAD, por el lapso de TRES (03) MESES, con jornada de cuatro (04) hora semanal.

En fecha 10 de Noviembre de 2003, folio 88, el Tribunal de Juicio de la Sección Penal del Adolescente, dictó auto declarando definitivamente firme, la anterior decisión.

En fecha 22 de Enero de 2004, al folio 94, este Tribunal dio entrada al expediente contentivo de la precitada causa.

Al folio 95, este Tribunal ejecutó la medida impuesta por el Tribunal de Juicio de la Sección Penal del Adolescente y acordó citar al mencionado adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), para el cumplimiento de la medida impuesta.

Al folio 98 en fecha 03 de Febrero de 2004, el precitado adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), se comprometió a cumplir con la medida que le fue impuesta por el mencionado Tribunal.

En fecha 13 de Febrero de 2004, folio 105, este Tribunal acordó modificar el lapso de cumplimiento de la medida de Servicios a la Comunidad por el Lapso de tres (03) meses a ocho (08) días, con jornadas de seis (06) horas diarias.

Al folio 108, corre inserto oficio Nro. 086-BOM-2004, de fecha 17 de Febrero de 2004, emanado por Comandante General de Cuerpo de Bomberos.

Al folio 110, acta de compromiso, de fecha 19 de Febrero de 2004, donde (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), acompañado de la Defensora Glenda Magaly Torres adscrita a la Sección Penal del Adolescente del Estado Táchira, donde se dá por notificado de la modificación del lapso y jornada de la medida impuesta y manifiesta al Tribunal que ha cumplido totalmente la sanción de Servicios a la Comunidad en el Cuerpo de Bomberos. La Defensora del mencionado adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), solicitó el Cese de la medida impuesta.
Este Tribunal antes de decidir observa:

Que el ciudadano (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), ha cumplido con la medida de Servicios a la Comunidad, según se desprende del oficio Nro. 086-BOM-2004, de fecha 17 de Febrero de 2004, donde señala que el precitado ciudadano (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), presto sus Servicios en esa Institución de Lunes a Viernes, en un horario de ocho (08) horas diarias, desde el 07 de Febrero del 2004, demostrando puntualidad, responsabilidad y el cumplimiento a cabalidad de las funciones encomendadas en esa Institución Bomberil.

Realizado el correspondiente cómputo, se observa: que desde el día 03 de febrero de 2004, el mencionado ciudadano (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), se comprometió a cumplir con la medida impuesta y hasta el día de hoy 26 de Julio de 2.005, han transcurrido UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y VEINTITRES (23) DIAS.

Por lo tanto el referido adolescente (identidad omitida por el artículo 545 de la Lopna), ha cumplido la sanción que le fue impuesta por el Tribunal de Juicio de la Sección Penal del Adolescente como es la medida Servicios a la Comunidad, es decir la totalidad de la misma. En Consecuencia, éste TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE EJECUCION DE LA SECCION PENAL DE ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA CESACION DE LA MEDIDA de conformidad con el artículo 645, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, por cumplimiento de la misma. Así se decide.
Se Ordena archivar el presente expediente. Notifíquese a las partes.

EL JUEZ SUPLENTE

DR. DANIEL ENRIQUE PEREZ ROJAS.


LA SECRETARIA. SUPLENTE

Abog. PERLITA DEL MAR MENDOZA SOSA
En la misma fecha se libraron boletas de notificación a las partes