REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, Cuatro (04) de Julio de 2005.
194° Y 146°

Vista a la diligencia que antecede, suscrita por la Dra. Liliana Granadillo, en su carácter de Apoderada Judicial de la parte actora, yel Tribunal ordena:
De conformidad con lo previsto en el Artículo 223 del Código de procedimiento Civil, librar Cartel de Citación a la parte demandada, ciudadanos: Félix José Delgado Rosas y Judith Margarita de Delgado, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, titulares de las Cédulas de las Identidad Nros. V- 5.094.173 y al pedimento en ella contenido, V- 6.484.712 respectivamente, a fin que comparezcan a darse por citados, por ante éste Juzgado, ubicado en El Edificio Centro Caribe Vargas, Piso 4, Oficina 4-2, Calle Los Baños, Maiquetía, Estado Vargas, dentro de los quince (15) días de Despacho siguientes, a la última de las publicaciones, fijaciones y consignacion que del presente Cartel se haga.- Un Cartel deberá ser publicado en los Diarios “EL UNIVERSAL” y “LA VERDAD”, con intervalo de tres (3) días entre uno y otro; y otro deberá ser fijado por el Secretario del Tribunal en la morada, oficina o negocio del demandado. Así mismo se señala, que dicho Cartel deberá contener la advertencia a la parte demandada, que de no comparecer en el lapso fijado, se procederá a la designación de un Defensor Ad Litem, con quien se entenderá la citación y demás trámites del juicio. Igualmente se le hace saber a la parte actora, que tiene un lapso de quince (15) días continuos a la fecha del presente auto exclusive, para publicar y consignar en autos el Cartel ordenado y de no hacerlo, quedará sin efecto lo aquí acordado, suspendiéndose el procedimiento hasta tanto la parte actora le confiera el impulso procesal necesario. Acogiendo este Tribunal fallo de fecha 12 de diciembre de 1991, expediente N° 90-582, Sent. N° 382 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, la publicación deberá hacerse en letras cuya dimensión permita su fácil lectura, sin ninguna dificultad. Cúmplase. Librese Cartel.-
LA JUEZ
DRA. ANA TERESA AYALA P.

EL SECRETARIO

GAMAL GAMARRA

En esta misma fecha (04-07-05), se cumplió con lo ordenado en al auto anterior.-
EL SECRETARIO
GAMAL GAMARRA