REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, dieciocho (18) de julio de dos mil cinco (2005)
194° y 146°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000275
PARTE ACTORA: LUIS ALBERTO KIENZLER ALEMAN, PEDRO LUIS ZAMBRANO, RAFAEL ANTONIO CASTILLO VEGAS, JOSE GRIMAN OROPEZA y RAMÓN ANTONIO RENOTT SALAZAR, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad números: 6.484.68, 17.960.269, 9.995.553, 17.815.856 y 10.575.587, respectivamente
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: REBECA ALBARRACÍN MARQUEZ y MARÍA FABIOLA RODRIGUEZ ALBARRACÍN, abogadas en ejercicio e inscritas en el INPREABOGADO bajo los números: 61.846 y 100.609 y titulares de las Cedulas de Identidad Nos. V-4.115.338 y 15.701.193, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “SERVICIOS SERCOMACA J & J, C.A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NERGAN ANTONIO PEREZ BORJAS, venezolano, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 58.697 y titular de la Cedula de Identidad Nº 11.243.954.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
En el día hábil de hoy, dieciocho (18) de julio del dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar el inicio de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: MARÍA FABIOLA RODRIGUEZ ALBARRACÍN, Apoderada Judicial de la parte actora; NERGAN ANTONIO PEREZ BORJAS, apoderado judicial de la parte demandada; todos plenamente identificados supra. Dándose así inicio a dicha Audiencia, seguidamente, las partes han conciliado y reconocen como ciertas las cantidades que a favor de los trabajadores demandantes se generaron de la relación de trabajo que los unió, y que se relacionan de la siguiente forma: ------
LUIS ALBERTO KIENZLER ALEMAN
Fecha de Ingreso 05/03/2003
Fecha de Egreso 01/04/2005
Tiempo de Servicio 2 años y 27 días
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad 440.000,00
Indemnización por Despido 232.000,00
Preaviso 232.000,00
Utilidades 38.000,00
Vacaciones -
Bono Vacacional -
Vacaciones Vencidas 2004 64.000,00
Bono Vacacional Vencido 2004 18.000,00
Vacaciones Vencidas 2003 94.000,00
Bono Nacional Vencido 2003 34.000,00
Intereses sobre Prestaciones 48.000,00
Total 1.200.000,00
PEDRO LUIS ZAMBRANO ZAMBRANO
Fecha de Ingreso 26/08/2003
Fecha de Egreso 06/04/2005
Tiempo de Servicio 1 ano, 7 meses y 11 días
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad 230.000,00
Utilidades 38.000,00
Vacaciones 44.000,00
Bono Vacacional 28.000,00
Vacaciones Vencidas 2004 54.000,00
Bono Vacacional Vencido 2004 18.000,00
Intereses sobre Prestaciones 38.000,00
Total 450.000,00
RAFAEL ANTONIO CASTILLO VEGAS
Fecha de Ingreso 03/01/2004
Fecha de Egreso 06/04/2005
Tiempo de Servicio 1 año, 3 meses y 3 días
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad 320.000,00
Indemnización por Despido 192.000,00
Preaviso 192.000,00
Utilidades 38.000,00
Vacaciones 64.000,00
Bono Vacacional 18.000,00
Vacaciones Vencidas 2004 94.000,00
Bono Vacacional Vencido 2004 34.000,00
Intereses sobre Prestaciones 48.000,00
Total 1.000.000,00
JOSE MANUEL GRIMAN OROPEZA
Fecha de Ingreso 01/12/2003
Fecha de Egreso 06/03/2005
Tiempo de Servicio 1 año, 3 meses y 5 días
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad 320.000,00
Indemnización por Despido 192.000,00
Preaviso 192.000,00
Utilidades 38.000,00
Vacaciones 64.000,00
Bono Vacacional 18.000,00
Vacaciones Vencidas 2004 94.000,00
Bono Vacacional Vencido 2004 34.000,00
Intereses sobre Prestaciones 48.000,00
Total 1.000.000,00
RAMON ANTONIO RENOTT SALAZAR
Fecha de Ingreso 26/02/2004
Fecha de Egreso 06/04/2005
Tiempo de Servicio 1 año, 1 mes y 11 días
CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad 494.000,00
Indemnización por Despido 259.000,00
Preaviso 259.000,00
Utilidades 38.000,00
Vacaciones 53.000,00
Bono Vacacional 22.000,00
Vacaciones Vencidas 2004 84.000,00
Bono Vacacional Vencido 2004 38.000,00
Intereses sobre Prestaciones 53.000,00
Total 1.300.000,00
Tales conceptos suman la cantidad de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs. 4.950.000,00), en lo que corresponde a los trabajadores demandantes, sumando a esta cantidad los honorarios profesionales que les corresponde a las apoderadas judiciales y que fueron estimados por la cantidad de BOLIVARES UN MILLON CINCUENTA MIL (Bs. 1.050.000,00), para arrojar un monto total por BOLIVARES SEIS MILLONES SIN CENTIMOS (Bs. 6.000.000,00); cantidad esta que será cancelada mediante un único pago el día veinte (20) de julio del año 2005. En este estado, la parte demandante conviene que con las sumas pactadas quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de demanda y declaran que nada tienen que reclamar a la demandada y desisten de cualquier procedimiento interpuesto en contra de esta0. Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, vista que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada. Se deja expresa constancia que le fueron entregadas las pruebas promovidas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar. Es todo, se leyó y conformes firman:
EL JUEZ,
DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,
APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,
APODERADO JUDICIAL
DE LA PARTE DEMANDADA,
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000275
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
|