REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veintidós (22) de julio de dos mil cinco (2005)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000129
PARTE ACTORA: PABLO AUFRACIO ROMERO PARRA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-11.640.698.
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: KARINA YANEZ, ANA MARINA DIAZ y JORGE LUIS MEDINA, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números: 85.786, 76.626 y 55.725, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “ORENGO ROGER.”
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: BLADIMIR ALEXANDER ARCILA VELASQUEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 98.448 y titular de la cédula de Identidad N° 12.165.274.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”

En el día hábil de hoy, veintidós (22) de julio del dos mil cinco (2005), siendo las doce (12:00 m.) horas del mediodía, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: ROMERO PARRA PABLO AYFRACIO y BLADIMIR ALEXANDER ARCILA VELASQUEZ, todos plenamente identificados en autos. Se deja expresa constancia de que la parte actora compareció a esta Prolongación sin apoderado judicial alguno o representante legal, en este acto la parte demandada solicitó se declare el desistimiento de conformidad con lo establecido en el articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, ya que esta es la tercera prolongación y el ciudadano ROMERO PARRA PABLO AYFRACIO debió comparecer asistido de abogado o representado por medio de apoderado judicial; este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado y en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ,


DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,



PARTE ACTORA



APODERADO JUDICIAL
DE LA EMPRESA DEMANDADA,

LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000129
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS.”