REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veinte (20) de julio de dos mil cinco (2005)
195° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000066
PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL DE LA CRUZ MATOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-5.418.367.
PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA RAV, S.A.
MOTIVO: “CALIFICACION DE DESPIDO“

En el día hábil de hoy, veinte (20) de julio del dos mil cinco (2005), siendo la una (01:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar continuación de la Audiencia Preliminar; se deja constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si, ni por medio de apoderados judiciales alguno. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo visto como es que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio de la inmediación, se declara EXTINGUIDO el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 11 en concordancia con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO.
LA SECRETARIA

ABG. RAFALMY BENITEZ.

WP11-S-2005-000066