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 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
 
 Maiquetía, veinte (20) de julio de dos mil cinco (2005)
 195° y 146°
 
 ACTA
 
 Nº DE EXPEDIENTE: WP11-S-2005-000066
 PARTE ACTORA: JOSE MIGUEL DE LA CRUZ MATOS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-5.418.367.
 PARTE DEMANDADA: VENEZOLANA RAV, S.A.
 MOTIVO: “CALIFICACION DE DESPIDO“
 
 En el día hábil de hoy, veinte (20) de julio del dos mil cinco (2005), siendo la una (01:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar continuación de la Audiencia Preliminar; se deja constancia de la incomparecencia de las partes, ni por si, ni por medio de apoderados judiciales alguno. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo visto como es que sin la presencia de las partes quedaría desvirtuado el principio de la inmediación, se declara EXTINGUIDO el proceso de conformidad con lo establecido en el artículo 11 en concordancia con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
 EL JUEZ,
 
 DR. GUSTAVO ROMERO.
 LA SECRETARIA
 
 ABG.  RAFALMY BENITEZ.
 
 WP11-S-2005-000066
 
 
 
 
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