REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, (10) de agosto del año dos mil cinco (2005).-

195° y 146°

Instruida como ha sido la presente solicitud, presentada por la ciudadana LEONOR LONGA DE RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.611.175 y visto como ha sido de original del documento de propiedad debidamente protocolizado ante la Oficina Subalterna del Registro del Departamento Vargas del Distrito Federal, Macuto, hoy Estado Vargas, La Guaira, en fecha seis (06) de julio de mil novecientos noventa y siete (1997) bajo el No. 06, folio 26 vto. Protocolo Primero, Tomo 4, del cual se desprende que la solicitante es la propietaria del terreno sobre el cual se encuentran construidas las bienhechurías objeto de la presente solicitud, el Tribunal en todo caso dejando a salvo los derechos de terceros, lo declara TITULO SUPLETORIO BASTANTE para asegurar la posesión o algún derecho del solicitante de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas.-Cúmplase.
LA JUEZ


DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM LA SECRETARIA Tmp


ENID CHAPARRO


En la misma fecha se devuelve original con sus resultas, constante de ( ) folios útiles quedando anotado bajo el Nro. 1161/05

LA SECRETARIA Tmp


ENID CHAPARRO